Ley de Memoria Democrática
Las nacionalizaciones masivas de Llop son nulas, según los juristas
Expertos consultados por ABC coinciden en que el trámite marcado por Justicia choca con la ley de Memoria Democrática
Si los jueces desautorizan la instrucción ministerial, que está recurrida, cabría un torrente de retiradas de nacionalidad
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Madrid
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Iniciar sesiónLas instrucciones dictadas por el Ministerio de Justicia para regular el procedimiento de nacionalizaciones que contempla la ley de Memoria -que las convierte en masivas, no solo circunscritas a los hijos y nietos de exiliados, tal y como ha informado ABC- adolecen de ... dudas de legalidad tan gruesas que, si son reconocidas por los jueces -hay un recurso vivo-, pueden derivar en un torrente de retiradas de nacionalidades concedidas al calor de esa ley. Según los juristas consultados por este diario, las infracciones en las que incurren las normas dictadas por el Ministerio de Justicia en esta materia hacen probable que, al final, acabe en ese fiasco. Y todo esto mientras el Tribunal Superior de Justicia de Madrid -que entiende del recurso- decide sobre la suspensión cautelar de este proceso masivo de nacionalizaciones, medida solicitada por los recurrentes, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica.
La gruesa duda de legalidad radica en que la ley de Memoria abrió, entre otros, un procedimiento extraordinario de nacionalizaciones para extranjeros que sean descendientes de exiliados, pero luego el ministerio de Pilar Llop, por la vía de una instrucción directiva publicada en el BOE el pasado octubre, en vez de limitarse a lo fijado por esa ley, la innovó y amplió: basta con ser hijo o nieto de español de origen, fuera cual fuese el motivo por el que abandonó el país.
Los juristas consultados por ABC coinciden en que esa instrucción es nula de pleno derecho por infringir el desarrollo práctico de la ley a la que alude.
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La última palabra la tendrán los jueces, pero, de entrada, las dudas sobre la validez de esa instrucción provocan una inseguridad jurídica que, incluso, hace temer por un embrollo de calibre internacional: decenas de miles de solicitudes de nacionalidad española que transitan por una vía que puede acabar siendo nula. Un catedrático de Derecho Administrativo consultado por ABC, que prefiere mantenerse en el anonimato, ha sido rotundo sobre las consecuencias: «Si la instrucción que dictó Justicia se declara ilegal, todas las concesiones de nacionalidad realizadas a raíz de ella son nulas de pleno derecho», afirma, «porque no se puede conceder un derecho en contra de la ley». Y remarca: «Una norma reglamentaria o instrucción puede aclarar la ley a la que se refiere, pero no innovar, que es lo que ha hecho esa instrucción del Ministerio de Justicia al ampliar los supuestos de concesión de nacionalidad, ampliación que solo podría realizarse por ley».
«Contraviene la ley»
En un sentido similar, el jurista Santiago González-Varas, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Alicante, subraya que si un reglamento va más allá de la ley que desarrolla e incurre en el supuesto llamado de 'innovación', es nulo de pleno derecho. Explica que, en el caso de que el desarrollo tenga carácter de acto administrativo, y no de reglamento, cabría considerar si es anulable en vez de nulo -un nivel menos grave de censura, por abrir la puerta a la corrección-. Pero, en este caso, parece evidente que lo que ha buscado la instrucción de Llop ha sido, en todo momento, modificar la ley de Memoria mediante una mera disposición, lo que, según este experto, parece ser un exceso normativo o quizás un fraude de ley. Y «si una concesión de nacionalidad se soporta en una norma nula, es obvio que esa concesión también es nula de pleno derecho», advierte Santiago González-Varas. Asegura que, en este caso, el interesado no podría alegar en su beneficio la excepción legal del 'tercero de buena fe'. Es decir, defender que es válida su nacionalización con el argumento de que le fue concedida expresamente por la Administración y que, si se le revoca, saldría perjudicado injustamente. Aunque uno de los juristas con los que ha contactado ABC apunta a la posibilidad de que, llegado el caso, el afectado podría intentar acogerse a ese beneficio jurídico del 'tercero que actuó de buena fe', el resto coincide en que no cabría tal opción en estas concesiones de nacionalidad.
Rectificación de oficio
Por su parte, José Luis Bermejo, profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza, apunta incluso a un deber de rectificación que el Gobierno tendría que adoptar sin esperar a lo que digan los juzgados. Es decir, de oficio debería declarar nula su instrucción y adaptarse escrupulosamente a lo que dice la ley. «Ante la evidencia de que la instrucción es nula por contravenir la ley, la Administración está obligada a depurar la extralimitación en la que ha incurrido con esa disposición, recabando para ello el dictamen del Consejo de Estado», indica Bermejo.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid tiene que dirimir sobre la legalidad de este proceso abierto por el Gobierno
Pero no parece ser esta la senda del Gobierno. Así se desprende del último episodio que ha tenido lugar al respecto: el pasado martes, cuatro meses después de que Justicia publicara su controvertida instrucción y los contradictorios formularios de solicitud de nacionalidad al calor de la ley de Memoria Democrática, ese ministerio publicó una corrección de errores tras advertir ABC defectos de calado en la normativa dictada hasta ese momento. Pero, lejos de subsanar el embarullado procedimiento de nacionalizaciones masivas, el enredo se ha ampliado. La instrucción que Justicia publicó en octubre contradijo a la ley, por cuanto ésta restringía esa vía extraordinaria de nacionalización a los descendientes de exiliados y la instrucción la abría a los hijos o nietos de cualquier español de origen que hubiera emigrado. Al mismo tiempo, junto a aquella instrucción de octubre se publicaron unos formularios que eran coherentes con la ley, pero contrarios a la propia instrucción. Y ahora se corrige el formulario para encajarlo con la instrucción, pero, por tanto, en contra de la ley.
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