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El Congreso, obligado a suspender a los presos electos del «procés»

El artículo 21 del Reglamento establece que un diputado quedará «suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios» cuando «se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta»

Josep Rull, Jordi Sánchez y Jordi Turull, hoy en el Congreso IGNACIO GIL | Vídeo: ATLAS
Ana I. Sánchez

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Los procesados presos del 1-O que fueron elegidos parlamentarios en las elecciones del pasado 28 de abril quedarán suspendidos de sus cargos tras aplicarles el artículo 21 del Reglamento del Congreso . Este precepto establece que un diputado quedará «suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios» cuando «se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

Por tanto, no es al Tribunal Supremo al que corresponde mover ficha, sino que la restricción al ejercicio de sus derechos parlamentarios viene dada por la propia ley y se debería hacer efectiva desde ya, una vez que se han acreditado como parlamentarios, que ha ocurrido hoy. Oriol Junqueras, Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull y Raül Romeva han tomado posesión de sus actas (como diputados los cuatro primeros y como senador el último) este martes.

Será así la nueva Mesa del Congreso la que solicitará a los letrados de la Cámara un informe jurídico como paso previo para proceder a esa suspensión . El citado artículo establece que un diputado «quedará suspendido en sus derechos y deberes parlamentarios» cuando «se hallare en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta».

El líder del PP, Pablo Casado , ha exigido que se tomen las medidas necesarias para que los cinco presos independentistas que están siendo juzgados por Tribunal Supremo por dar un «golpe a la legalidad» sean «suspendidos». Por su parte, el presidente de Ciudadanos, Albert Rivera , ha anunciado que este mismo martes pedirán en el Congreso la suspensión y exigirán a la nueva presidenta, Mertixell Batet, que actúe con «absoluta celeridad».

En el Congreso esta suspensión cobra especial relevancia porque puede afectar directamente a la investidura de Pedro Sánchez .

Si los cuatro diputados presos no renuncian a sus actas, conservarán sus opciones de convertirse en parlamentarios si el juicio concluyera en absolución, pero no podrán ejercer su derecho a votar durante el tiempo que dure la suspensión . En consecuencia, el líder socialista necesitaría menos apoyos para salir investido en la segunda votación donde ya no se exige mayoría absoluta sino solo más votos a favor que en contra.

A Sánchez le valdrían así los «síes» de Podemos, PNV, Coalición Canaria y el Partido Regionalista para convertirse en presidente del Gobierno, incluso aunque ERC votara en contra. No necesitaría añadir la abstención de los republicanos o de JpC como le sucede ahora, ya que aunque los diputados presos no pudieran ejercer el derecho al voto, el Congreso mantendría su composición numérica actual y «de facto» el «no vota» de los cuatro diputados presos equivaldría a una abstención.

Una vez que los diputados han formalizado su condición, debe ser la nueva Mesa del Congreso, que se constituirá mañana, la que solicite a los letrados de la Cámara un informe jurídico como paso previo a esa suspensión.

La autorización del Supremo para que los cinco procesados pudieran concurrir el 28-S es independiente del desarrollo de su actividad parlamentaria, que choca frontalmente con su condición de presos preventivos.

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