Los agujeros de la ley de eutanasia
La norma, que se aprueba hoy en el Congreso, se inspira en la belga y la holandesa, peor en algún aspecto, para los expertos
¿Qué es la eutanasia?
Estos son los países en los que la eutanasia es legal
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Iniciar sesiónLa ley orgánica de regulación de la eutanasia , que será aprobada de forma definitiva este jueves por el Congreso de los Diputados, es una «rara avis» entre los escasos países del mundo que han legalizado el mal llamado «derecho a morir». Pese ... a que la nueva norma sigue los pasos de la regulación holandesa y belga, difiere de ambas. Y en algunos aspectos para peor, según los expertos en Bioética y Derecho consultados por ABC.
Para el vicepresidente de la Asociación de Bioética Fundamental y Clínica (ABFYC), Javier Judez, la ley que entrará en vigor a mediados de junio «está a medio cocer». «Hemos hecho vuelta y vuelta pero por dentro hay zonas muy crudas», advierte este médico experto en Bioética.
Estos son algunos de los agujeros que plantea la nueva legislación para tres expertos en Bioética y Derecho Constitucional.
Regula, no solo despenaliza un delito
Desde un punto de vista jurídico, el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Pontificia Comillas ICAI- ICADE, Borja Sánchez Barroso, recuerda que el derecho a la vida reconocido en el artículo 15 de la Constitución Española es «difícilmente compatible con una norma en la que son los propios poderes públicos quienes quitan la vida».
Desde el punto de vista jurídico -señala- es «muy distinto 'despenalizar' un supuesto (es decir, entender que no merece reproche penal, por las circunstancias que sean) a reconocer un derecho de prestación , que los poderes públicos deben asegurar».
«Es muy distinto declarar que el Estado no puede impedir o limitar de forma desproporcionada que alguien se quite la vida, con o sin ayuda de un tercero (como se ha dicho en Alemania -lo que no deja de ser discutible-) a aprobar una ley que obliga al Estado y otros poderes públicos a acabar con la vida de una persona» , explica.
Para el profesor, sería «deseable» que el Tribunal Constitucional vuelva a pronunciarse sobre el artículo 15 de la Constitución Española. «No olvidemos que lleva más de diez años sin resolver el recurso de inconstitucionalidad presentado contra la ley del aborto. ¿Cómo van a establecerse límites al legislador si el máximo intérprete de la Constitución no se pronuncia sobre ello?», se pregunta.
No solo enfermos terminales
Según recuerda el vicepresidente de la Asociación de Bioética Fundamental y Clínica (ABFYC), Javier Judez, con la nueva regulación de la eutanasia España se sumará con Holanda y Bélgica a los únicos países del mundo donde el «derecho a morir» no estará restringido a enfermos que se encuentran al final de la vida. «La mayoría de las legislaciones solo incluye a personas que se están muriendo. Aquí hemos abierto un melón adicional de enorme controversia », asegura.
La nueva ley establece que la eutanasia y el suicidio asistido estarán disponibles en el Sistema Nacional de Salud (SNS) no solo para los enfermos «terminales o incurables». La discapacidad o una enfermedad psiquiátrica también será un motivo para poder pedir la «prestación de ayuda a morir», ya que la ley reconoce ese derecho a aquellas personas que sufren «un padecimiento crónico e imposibilitante» o «una enfermedad grave e incurable causantes de un sufrimiento físico o psíquico constantes e insoportables sin posiblidad de alivio que la persona considere tolerable».
Para el profesor de Derecho Constitucional la Universidad Pontifica Comillas ICAI- ICADE, Borja Sánchez Barroso, la ley pasa «de un estándar objetivable, que un juez o Tribunal podría llegar incluso a controlar, a un estándar claramente subjetivo , donde el nivel de sufrimiento y la imposibilidad de alivio que dan derecho a la eutanasia solo dependen de la apreciación personal del paciente (con el peligro que ello puede conllevar en casos de vulnerabilidad, de depresión u otro trastorno mental, etc.)».
Eutanasia por voluntad anticipada
Otro de los puntos controvertidos de la nueva regulación es el acceso a la eutanasia a través de un documento de voluntades anticipadas o instrucciones previas en el caso de que el paciente ya no se encuentre en pleno uso de sus facultades.
Judez recuerda que en la legislación belga también se recoge la eutanasia a través de la voluntad anticipada, «pero con unos requisitos como estar inconsciente, no más de cinco años previos y no es vinculante para el médico». En nuestra regulación, el documento de voluntades anticipadas no caduca y, por tanto, tiene efectividad hasta la muerte de la persona otorgante. En Bélgica, en cambio, las voluntades anticipadas tienen una vigencia solo de cinco años.
«Esta variante de ejecutar un deseo previo introduce una enorme complejidad por eso todas legislaciones nuevas como la de Nueva Zelanda o la del estado de Victoria lo han descartado»
La ley del PSOE además otorga más competencias al médico que el resto de regulaciones, ya que el espíritu de la ley es la consagración de la autonomía absoluta del paciente . Por ello, el médico en esta nueva regulación no solo tiene acceso al registro de últimas voluntades del paciente , sino que además podrá presentar la solicitud en su nombre y administrarle la eutanasia sin tener que consultarlo con sus familiares.
«Esta variante de ejecutar un deseo previo introduce una enorme complejidad por eso todas legislaciones nuevas como la de Nueva Zelanda o la del estado de Victoria lo han descartado. En el estado de Victoria, por ejemplo, se da preferencia al suicidio asistido frente la eutanasia que se reserva a contadísimos casos y siempre a personas que se están muriendo. No se abren otros melones. Aquí se abren todos», asegura Judez.
Sin ningún control a posteriori
Tres años antes de que la eutanasia fuera legal en Holanda, se crearon cinco comités regionales para «revisar» que los casos declarados cumplen los estándares. Además, en ese país europeo, el médico que ha llevado la solicitud de la «prestación de ayuda a morir» del paciente no puede hacer el certificado de defunción. La ley le obliga a informar al forense y es el forense quien verifica que la persona a la que se ha practicado la eutanasia cumple con los requisitos. En caso de no cumplirlos está obligado a denunciar el caso al Ministerio Fiscal.
«La sociedad debe monitorizar que no se produzcan desviaciones, pero nuestra regulación le da mucho papel a la parte previa y poco a la posterior»
En España, la actual proposición de ley orgánica de regulación de la eutanasia la considera directamente muerte natural a todos los efectos y no recoge ninguna indicación sobre sobre el proceso de verificación posterior. Solo especifica que una vez practicada la eutanasia se deberá enviar al Comité de Evaluación y Garantía dos documentos con los datos y los detalles del proceso. Eso es todo.
«La sociedad debe monitorizar que no se produzcan desviaciones, pero nuestra regulación le da mucho papel a la parte previa y poco a la posterior. Se supone que como se ha hecho la verificación previa no hace falta la posterior y por eso se plantea simplemente una notificación de que ya se ha ejecutado. Pero si se da la opción de que la gente de alguna manera pueda desistir en cualquier momento del proceso ¿cómo verificas después de que alguien que ha renunciado no se le ha ejecutado finalmente la eutanasia? Y sobre todo cuando permites la eutanasia a personas con incapacidad de hecho y por voluntad anticipada. Todo eso va a aumentando los riesgos», apunta.
Para la directora del Máster de Biética de la Unversidad Rey Juan Carlos, Marta Albert Márquez, «en Holanda todo el sistema de verificación es posterior y aquí el sistema de verificación siempre se produce antes del fallecimiento. Debería ser antes y después ese proceso de verificación». «Es de sentido común» , subraya.
Registro de objetores, peligroso
Borja Sánchez Barroso, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Pontificia Comillas ICAI-ICADE remarca su preocupación de que la ley señale que «la prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados, y en el domicilio, sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabados por el ejercicio de la objeción de conciencia sanitaria o por el lugar donde se realiza».
Este jurista se pregunta «¿qué ocurrirá si la objeción de conciencia de muchos sanitarios menoscaba el acceso al derecho en algunas zonas?». «¿Se va a trasladar a sanitarios de otras zonas a cubrirlas? ¿O se va a impedir hacer efectiva la objeción de conciencia para preservar el derecho?. Si es así, me preocupa, y mucho, puesto que vulneraría el derecho a la objeción de conciencia asociado a la libertad de conciencia de los médicos» , apunta.
Tampoco está de acuerdo -como ya existe para el caso del aborto- que los objetores de conciencia tengan que «ejercer ese derecho por anticipado y por escrito, y consten en un registro oficial a disposición de los poderes públicos». «Siempre lo he considerado peligroso y, sobre todo, un freno para que muchos médicos puedan objetar en la práctica», apostilla.
La ley establece la creación de un «registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir». El Consejo General de Colegios de Médicos (CGCOM) ya ha avisado al Gobierno de que «no es oportuna» la creación de estos listados porque van «en contra del derecho a la confidencialidad y la no discriminación». El PSOE ha desoído esta recomendación.
Para la directora del Máster de Biética de la Unversidad Rey Juan Carlos, Marta Albert Márquez, Marta Albert Márquez, los registros de objeción de conciencia ya demostraron ser obsoletos en el caso del aborto. «Ya no es que sean constitucionales o inconstitucionales sino que nadie se ha ido a apuntar allí. No han servido para nada. Si no es inconstitucional, es inútil», recordó.
Su preocupación es el efecto que traerá consigo «la objeción masiva de la profesión sanitaria». «Una objeción masiva va a derivar la eutanasia a los conciertos y esto es preocupante porque la muerte se convertirá en un negocio».
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