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Esto es lo que debe llevar la leche del biberón de tu hijo, según la normativa de la UE

La Comunidad de Madrid refuerza la seguridad en la composición nutricional de este alimento para proteger la salud de los menores de 12 meses

La legislación europea define a los lactantes como a aquellos niños menores de 12 meses

La Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid ha iniciado las actuaciones para que las empresas de alimentación para lactantes se adapten a la nueva normativa europea que limita la publicidad en estos productos y determina la cantidad de nutrientes que pueden contener. La legislación europea define a los lactantes como a aquellos niños menores de 12 meses . Con el fin de proteger la salud de este grupo de población, los alimentos destinados a los lactantes deben tener una composición determinada.

En el año 2016, la normativa de la Unión Europea modificó los requisitos de composición nutricional e información nutricional que se venían exigiendo a los alimentos para los lactantes, concediendo a las empresas un periodo de adaptación que finalizará en febrero de 2020.

Estos cambios proponen niveles mínimos de nutrientes, enfatizando que éstos cubren las necesidades nutricionales de prácticamente todos los bebés sanos nacidos a término, por lo que, desde el punto de vista nutricional, no hay necesidad de exceder estas cantidades.

Composición de este alimento infantil

Se introduce como obligatoria la adición en estos productos de ácido docosahexanoico (DHA) que hasta ahora era voluntaria. Dentro de los minerales, aumentan las cantidades mínimas de sodio, potasio, cloruro, cobre y disminuyen los niveles máximos de yodo de forma significativa. En cuanto a las vitaminas, aumentan las cantidades mínimas de vitaminas A, D, E, niacina y folato, mientras que disminuyen los mínimos de vitaminas C, B6, K, tiamina, riboflavina y biotina.

Se mencionarán brevemente otros requisitos de seguridad alimentaria exigidos a las leches infantiles, como la ausencia de agentes microbiológicos (p.e. Listeria, Salmonella, Cronobacter..), contenidos máximos de contaminantes (p.e. nitrato, ácido erúcico, melanina...) y prohibición del uso de ciertos plaguicidas (p.e. endrín) junto con límites de residuos más estrictos para otros (p.e cadusafos).

También se mencionarán las exigencias de etiquetado, incluyendo las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables que son objeto de especial limitación de este tipo de productos para evitar disuadir de la lactancia materna, prohibiendo por ejemplo imágenes de bebés en los productos.

En cuanto al control oficial, se recuerda que las empresas responsables de su comercialización en España, deben notificar a las autoridades sanitarias las leches para lactantes que comercializan, con el fin de comprobar que cumplen en cuanto a composición y etiquetado.

En la actualidad, en la Comunidad de Madrid se ubican seis empresas alimentarias que son responsables de la puesta en el mercado de alimentos infantiles, las cuales están sujetas a inspecciones y/o auditorías anuales por parte de Inspectores de la Dirección General de Salud Pública.

En los años 2017-2018, estas empresas han presentado 17 notificaciones de preparados para lactantes, cuya conformidad con la normativa ha sido verificada por los Inspectores. Además, en estos dos años se ha programado la toma de 95 muestras de diversos tipos de alimentos infantiles para el análisis de composición nutricional, de organismos modificados genéticamente, de residuos de plaguicidas y de contaminantes químicos, siendo todos los resultados conformes.

Pautas en la alimentación en lactantes

La alimentación con leche materna (o con preparado para lactantes, cuando por el motivo que sea así lo decida la madre o cuando no haya sido posible la lactancia materna) es la adecuada para permitir el crecimiento del lactante durante los seis primeros meses de vida. La Organización Mundial de la Salud recomienda la lactancia materna exclusiva durante los primeros seis meses . A partir de los 6 meses, aunque la leche materna sigue siendo la principal fuente nutritiva hasta el año de vida, puede ser insuficiente en energía y algunos nutrientes, lo que hace necesaria la introducción de nuevos alimentos apropiados para la edad.

Es recomendable mantener la lactancia materna hasta los 2 años de edad , o bien hasta que madre y niño lo decidan. La incorporación de estos nuevos alimentos, puede variar en función de la cultura de la familia, los alimentos de temporada o las características de cada lactante. Los calendarios de introducción de alimentos son una propuesta orientativa que hay que adaptar a la realidad familiar, intentando que el bebé se vaya incorporando progresivamente al menú de la familia. No es recomendable iniciar l a introducción de alimentos antes de los 4 meses. Entre los 12 y 24 meses es aconsejable que se hayan incorporado ya todos los alimentos .

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