La Guardia Civil confirma al juez que los audios incautados a Koldo García son auténticos
Remite al Tribunal Supremo un detallado informe de criminalística
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Iniciar sesión«No se han obtenido argumentos que desvirtúen la hipótesis de autenticidad de esta grabación». Ésta es una de las afirmaciones que recoge el informe pericial remitido por el Departamento de Ingeniería del Laboratorio de Criminalística de la Guardia Civil remitido al juez del Tribunal ... Supremo Leopoldo Puente en relación a las ocho grabaciones requisadas al exasesor ministerial Koldo García en el registro de su domicilio en febrero de 2024.
Este documento, al que ha tenido acceso ABC, es relevante dado que esos audios, grabados subrepticiamente, demostrarían la participación tanto del ex número tres del PSOE Santos Cerdán, como del exministro José Luis Ábalos y su exasesor (el propio Koldo García) en el reparto de dádivas que habrían logrado gracias al amaño de contratos de obra pública.
Criminalística se decanta por dar carta de autenticidad a esas grabaciones, y echa por tierra así la línea de defensa de Cerdán que apuntaba a que las mismas, que sirvieron para que el juez acordara la medida cautelar de su prisión preventiva en junio, habrían podido ser manipuladas.
Sistema iOS
En el informe se indica que «del análisis y estudio realizado no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos en la administración del sistema iOS –propio de los modelos Iphone de Apple– relacionados con la aplicación Voice Memos –de grabación– y los audios objeto de estudio».
Y como conclusión se apostilla que los audios contenidos en los tres móviles iphone y en una grabadora Philips «es más probable» que sean auténticos a que no lo sean: «Es más probable observar los resultados del conjunto de los análisis de autenticidad efectuados sobre los archivos dubitados si la hipótesis de autenticidad es la que se considera verdadera que si se considera verdadera la hipótesis contraria».
La Guardia Civil detalla que se analizaron las cuatro evidencias (que e corresponden con los diferentes terminales) y responden así a la pregunta de si las conversaciones fueron grabadas directamente en los referidos dispositivos o si pudieran proceder de otros archivos de audio después grabados en aquellos.
La pericial de la defensa
No obstante, fuentes de la defensa de Cerdán, dirigida por los abogados Jacobo Teijelo y Benet Salellas, consultadas por este periódico señalan que ese informe incluye un apartado de acústica que constataría que los mismos habrían sido editados después de la grabación.
Y añaden que en el documento se refleja que se da una falta de metadatos temporales, algo que permitiría fijar la fecha de creación de los archivos de audio. Apuntan que esto afianza más su tesis de que pudieron ser manipulados y avanzan que presentarán su propio informe pericial al respecto en los próximos días, lamentado además que este documento no haya visto la luz antes de que el magistrado decidiera mantener en prisión a su cliente.
En este sentido, matizan que una de las evidencias analizadas por los peritos de la Guardia Civil tiene una fecha de etiquetado que dista seis meses de la grabación, y en otra hay una ausencia de metadatos. Entienden así que, en la mitad de las evidencias, el informe no confirma la autenticidad de las mismas.
Con todo, en un auto de Leopoldo Puente que trascendió este mismo jueves, el magistrado ya desvelaba que contaba con este informe de Criminalística que, a su juicio, descarta manipulaciones en las conversaciones grabadas subrepticiamente por Koldo García y que son la base sobre la que apoya la tesis de que Cerdán tenía un papel coordinador en la presunta trama investigada.
No daba credibilidad, además, a la hipótesis de que Koldo García fuera una suerte de colaborador infiltrado o agente provocador de la Guardia Civil y recordaba que las grabaciones que se le incautaron, y que pesaron en su imputación, no fueron entregadas voluntariamente.
Cabe recordar que el juez encargó la práctica de esta pericial para determinar en la medida de lo posible si las conversaciones incriminatorias «fueron grabadas directamente en los referidos terminales o si pudieran proceder de otros archivos de audio después grabados en aquellos».
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