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Tribunales

El Supremo reconoce la pensión a una viuda que ni se casó ni se registró como pareja de hecho

La sentencia sienta jurisprudencia después de que conviviesen durante 30 años y tuviesen tres hijos en común

El Tribunal Supremo en una imagen de archivo Jaime García

E. D. Carruébano

El caso de una viuda de La Coruña sienta jurisprudencia: después de convivir con la que era su pareja, fallecida hace ya cinco años, durante más de tres décadas, el Tribunal Supremo reconoce que sí tiene derecho a una pensión de viudedad, a pesar ... de no estar inscritos en el registro como pareja de hecho. En común tenían tres hijos, el mayor nacido en el año 1984, además de una hipoteca conjunta y un certificado de empadronamiento datado en el año 1996. Sin embargo, y a pesar de todas estas pruebas, al no estar registrados como pareja de hecho, todo parecía diluirse tras la muerte de su pareja , que era guardia civil.

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