Una sentencia motivada
El Ministerio Público está llamado a interesar de los tribunales la aplicación de la ley y a velar por el interés social, no pudiendo posicionarse como un tertuliano
Cristina Dexeus
El Estado de derecho es el correcto funcionamiento de las instituciones en el estricto cumplimiento de las funciones que tienen constitucionalmente asignadas. De las instituciones encargadas de la administración de justicia penal se exige enjuiciar los actos ejecutados por la persona aplicando la ley ... a través de resoluciones motivadas.
La sentencia dictada por el Tribunal Supremo no juzga al Ministerio Fiscal como institución, ni tampoco a la persona que durante varios años lo ha dirigido como fiscal general del Estado, sino únicamente un acto en particular realizado en un momento concreto. Nada más. Las publicaciones que afirman un enfrentamiento o persecución entre instituciones están basadas en planteamientos absolutamente desanclados de la realidad. A través de su sentencia, el Tribunal Supremo ha considerado como constitutiva de delito la filtración de una información reservada por razón del cargo, quebrantando un deber profesional.
El origen de esta triste situación, repito, es un único acto publicitado a través de una inoportuna nota de prensa emitida por una institución como el Ministerio Fiscal, dispuesta al servicio de toda la sociedad, que nunca debe mezclarse en disputas ideológicas entre partidos políticos. Como institución, el Ministerio Público está llamado a interesar de los tribunales la aplicación de la ley y a velar por el interés social, no pudiendo posicionarse como un tertuliano. No lo es. La nota de presa es inoportuna por desvelar una posible postura procesal de un justiciable en perjuicio del resultado de una negociación abierta (da igual por quién) para resolver una posible responsabilidad penal a través de una conformidad, como es habitual en un elevado porcentaje de los procedimientos penales.
El proceso ha implicado la entrada y registro en la sede de la Fiscalía General del Estado y el enjuiciamiento, ni más ni menos, de un fiscal general en activo. El hecho carece de precedentes en todo el mundo y nunca debió llegarse a esta situación.
El proceso se ha seguido por la carrera fiscal con prudencia profesional, aunque una inmensa mayoría de fiscales considera que los hechos que nos han traído hasta aquí jamás se debieron producir y esa misma generalidad de compañeros tampoco entiende ni comparte que se ataque al Tribunal Supremo por cumplir su función lo que supone un ataque a la separación de poderes y, en definitiva, al Estado de derecho.
La sentencia, dictada varios días después del anuncio de su fallo, es motivada. Es lo que se espera del funcionamiento de la justicia en la aplicación de los más rectos estándares que rigen el Estado de derecho en Europa.
El planteamiento del juicio por parte de la Abogacía del Estado como una pugna entre instituciones es absolutamente lamentable por trasladar a la sociedad una visión cegada de la realidad en detrimento de la credibilidad que merece el aparato del Estado en su conjunto. Hasta aquí hemos llegado. Ya es hora de que el Gobierno ponga fin al descrédito del funcionamiento de las instituciones emanadas de la Constitución.
Presidenta de la Asociación de Fiscales (AF)
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