Pena de 25 años de cárcel para un entrenador por agresiones sexuales continuadas a dos menores
El hombre «urdió una trama» a través de perfiles falsos en redes sociales para contactar con los chicos que jugaban en su equipo de cadetes en Ávila
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D. C. L.
Ávila
Un total de 25 años de prisión. Es la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Ávila a un entrenador de fútbol de categorías inferiores como autor criminalmente responsable de dos delitos continuados de agresiones sexuales sobre sendos menores de edad -y de ... menos de 16 años-, que se prolongaron durante casi un año. Unos hechos que se remontan a la temporada 2021-2022, cuando el hombre, nacido en 1968 y en la cárcel de modo preventivo desde diciembre de 2022, «con la finalidad de realizar actos de carácter sexual» con ambos chicos -tenían 14 años cuando comenzó- «urdió una trama» por la que creó distintos perfiles en la red social Instagram en los que se hacía pasar por mujeres, según recoge la sentencia difundida este martes por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Y a través de esos falsas identidades entraba en contacto con los menores, a los que invitaba a entablar conversación con otro perfil -también bajo el que él mismo se ocultaba- y unirse a una videollamada en el que el ahora condenado, sin mostrar su rostro, salía masturbándose. Unos contactos que siguieron desde ese primero en octubre de 2021 y en los que el entrenador requería a los menores que también lo hicieran. Y comenzaban las amenazas: de no seguir esas indicaciones, el contenido de las imágenes sería difundido entre su entorno y familia.
De ahí, a requerir encuentros sexuales físicos, también bajo la amenaza de que, «en caso de no acceder a sus pretensiones sexuales», difundiría las conversaciones subidas de todo. Así que, «ante el temor», y ya en persona, antes un partido, en la trasera de la pista de fútbol sala del seminario de Ávila capital, el entrenador pidió a una de sus víctimas que debían cumplir lo requerido por uno de esos falsos perfiles, que en realidad era él mismo pero hizo creer que ambos «eran víctimas de una tercera persona» que les obligaba, por lo que el chico le realizó una felación «a causa del temor infundido» a que todo lo anterior saliese a la luz.
Más mensajes, amenazas, peticiones de relaciones sexuales, encuentros con penetraciones bucales y anales mutuas… con un denominador común, según relata el fallo en los hechos probados: el entrenador «logró realizar los actos de carácter sexual descritos merced al temor infundido» al menor, valiéndose además de la diferencia de edad.
Un modus operandi que se repitió casi de forma calcada con la segunda víctima, con la que comenzó los primeros contactos apenas dos meses después que con la primera. Ya en febrero de 2022, dio un salto en el proceder, creando un grupo con ambos menores en el que el entrenador en principio no mostraba su identidad en las videollamadas en las que los tres se masturbaban y hablaban de sexo, «siembre bajo la presión» del ahora penado de divulgar lo que ocurría.
Y también a través de ese grupo, el entrenador -que seguía sin mostrase en las redes- exigía a los chicos a tener encuentros sexuales a tres. Puso fechas, realizó los actos conjuntamente con ambos «sin que pueda precisarse el número de veces» en un pasaje de un local comercial de la capital amurallada: felaciones de los dos menores al hombre y de éste a los menores, masturbaciones, penetraciones anales… Citas que prosiguió fijando durante meses antes de los partidos e incluso citando a uno de los chicos en su domicilio…
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Unos años, señala el fallo, que argumenta que no ve motivos para aplicar atenuante alguna pese a la confesión, que fueron cometidos «con pleno conocimiento» de la edad de los chicos, a quienes ha provocado, añade, un «evidente y grave daños para la formación, para la salud y para el estado psicológico y emocional».
Así, la Audiencia Provincial de Ávila condena al entrenador a doce años y seis meses en cada caso -un total de 25 años- como autor criminalmente responsable de un delito continuado de
agresiones sexuales sobre personas menores de dieciséis años con acceso carnal por vía anal y por vía bucal. Además, le impone también en ambos casos la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena, de prohibición de aproximarse a menos de quinientos metros del lugar donde se encuentren los chicos así como comunicarse con las víctimas por cualquier medio o procedimiento durante el tiempo de diez años superior a la pena privativa de libertad
efectivamente impuesta, así como libertad vigilada durante el plazo de diez años una vez salga del presidio. También le veta a ejercer cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo superior en diez años a la pena de privativa de libertad efectivamente impuesta.
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