Seis claves para entender los últimos cambios de la reforma de la ley del aborto
El Gobierno quiere que se pueda interrumpir la gestación en caso de malformación y estudia un listado negativo de anomalías

1. ¿Cuántos supuestos habrá para abortar?
El primer texto que presentó el ministro de Justicia, Alberto Gallardón, en diciembre solo establecía dos supuestos: violación y grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada, eliminando el de malformación. Eso no cambia. No se recupera el supuesto para no contravenir la convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, pero en la práctica se permitirá con un truco legal.
2. Si no hay supuesto de malformación ¿cómo se podrá interrumpir la gestación en caso de anomalía?
Justicia permitirá abortar a la madre que geste un niño con anomalías fetales argumentando que le produce un grave daño psicológico y sufrimiento moral. Solo tendrá que acreditar con un informe médico la veracidad de esa malformación. No tendrá que contar con informes de dos psiquiatras distintos como se exigirá a otras mujeres que argumenten daño psíquico y sus hijos estén sanos.
3. ¿Podrá abortarse con cualquier tipo de anomalía fetal, por menor que sea?
En principio este supuesto encubierto de malformación incluiría tanto las que se consideran incompatibles con la vida como las otras. Aunque no se sabe si se podrán acogerse todos los casos, por menor que sea. Una opción es que el Gobierno consense una lista de enfermedades congénitas . Aunque, los continuos avances médicos podrían hacer que ese listado quede obsoleto en breve. Lo más probable es que el Gobierno opte por crear una lista negativa con problemas menores en los que no se podría interrumpir la gestación. Así se evitaría que se pudiera abortar si se detecta labio leporino, una extremidad más corta, o si tiene en una mano seis dedos, por ejemplo.
4. ¿Habrá plazos límites de gestación para abortar?
Fuentes del Gobierno, consultadas por ABC, recuerdan que en la ley de 1985 vigente durante 30 años, no había plazo para el supuesto eugenésico o por malformación. «Hoy la ciencia ha avanzado lo suficiente como para poder establecer el límite de 22 semanas», aseguran. El primer texto de la reforma Gallardón también planteaba las 22 semanas como plazo máximo.
5. ¿Será necesario para otros casos informes de dos psiquiatras distintos?
Tanto el Comité de Bioética como la Organización Médico Colegial han pedido que baste el informe de un solo equipo de la sanidad pública o acreditada por ella. El Gobierno podría acceder, aunque aún está estudiándolo.
6. ¿Se flexibilizará la objeción de conciencia?
El primer texto de la reforma indicaba que los profesionales podrían ser objetores tanto si realizan actuaciones directas (personal sanitario) como indirectas (camillero, personal administrativo…Algunos alegaciones habían pedido flexibilizarlo. La intención es defender la objeción, aunque se buscan fórmulas para garantizar que ninguna mujer quede desatendida.
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