El Ayuntamiento de Sevilla pide ahora a la juez que no ejecute la sentencia que anulan las oposiciones policiales

En un escrito del director general de Recursos Humanos se expone que se considera «la imposibilidad material de ejecución» del fallo ya que se puede producir «un grave perjuicio a la Seguridad Social y un coste económico»

José Luis Sanz reconoce que ha pedido no ejecutar la sentencia de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla

Lo que decía el Ayuntamiento de Sevilla: cese en septiembre de los policías locales implicados en las oposiciones anuladas

Opositores a la Policía Local antes de realizar un examen, en una imagen de archivo Vanessa gómez

El Ayuntamiento de Sevilla cambia el paso en el asunto las oposiciones a la Policía Local que se celebraron en 2012 y que fueron anuladas por una juez de lo Contencioso en 2020 por las sospechas «contundentes» de que ... hubo una filtración que benefició a un grupo de opositores. La Justicia ordenó su repetición. Y hasta el momento el gobierno local del PP estaba dispuesto a cumplir el fallo. Ya había anunciado hasta la fecha de las nuevas pruebas, pero ahora se conoce un escrito del director general de Recursos Humanos en el que propone solicitar a la juez la inejecución de la sentencia.

En un escrito del 7 de septiembre, este alto funcionario del Ayuntamiento de Sevilla remite el mismo a la representación judicial del Consistorio para que dé curso ante la juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla.

Los motivos de Recursos Humanos

En este escrito, el director de Recursos Humanos expone que se considere la imposibilidad material de ejecución de dicha sentencia «por todas las circunstancias producidas desde el acto de nombramiento como funcionarios de carrera de los policías afectados y la fecha inicial de ejecución de la sentencia, en este año 2023», destacando: el «grave perjuicio a la Seguridad Ciudadana y al interés público por la pérdida de 44 funcionarios de Policía Local en servicio activo con la consiguiente merma de la Seguridad Pública».

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En este sentido, expone que este cese dificulta «cubrir con el mínimo rigor y de seguridad las laborales encomendadas al cuerpo referido, así como las necesidades policiales de determinados eventos de especial raigambre en el ciudad de Sevilla (Navidad, Semana Santa, entre otros)».

Todo ello, «habida cuenta la disminución de la plantilla municipal de Policía Local en casi medio centenar de agentes, plantilla mermada en número por motivos de diversa índole, principalmente las actuales y futuras situaciones de jubilaciones que se producen y se producirán en la plantilla de Policía Local, situaciones de incapacidad temporal, situaciones de segunda actividad, sumado a ello, la falta de efectivos de Policía Nacional en el ciudad de Sevilla, en tiempos donde los índices de criminalidad e inseguridad se incrementa de forma constante».

Otra de las razones expuestas para defender la inejecución es el «coste económico para la administración y, por ende, a la colectividad por el esfuerzo absolutamente desproporcionado en relación al beneficio que hubiera obtenido el único recurrente de la ejecución».

El director general de Recursos Humanos indica también la «complejidad» de actos administrativos dictados (permutas y ascensos), al margen del proceso selectivo referido, durante el transcurso del tiempo, no ajeno a la consolidación de la situación (dilación de más de diez años).

Además, recuerda que parte de los agentes ya pidieron la inejecución de la sentencia. Y señala las repercusiones del cese como funcionariosde carrera de los Policías Locales afectados, que supondría, una vez transcurridos más de diez años desde el nombramiento de los mismos, graves perjuicios económicos y familiares para todos los agentes que obtuvieron plaza en el procedimiento (cargas familiares, préstamos hipotecarios, préstamos personales, etc). Así como la dificultad de los mismos de reincorporarse al mercado de trabajo.

Por todo ello, desde la Dirección General de Recursos Humanos del Ayuntamiento se concluye la inejecutabilidad de la sentencia «dado el tiempo transcurrido, los perjuicios desproporcionados, la salvaguarda del interés público, la protección de terceros de buena fe y la seguridad pública».

El director general de Recursos Humanos, en su escrito, expone dos escritos publicados en su día por ABC: del jefe de Servicio de Recursos Humanos y del Servicio de Informe, Asesoría y Contencioso. Y, de otro lado, la resolución del propio director general de Recursos Humanos, de fecha 25 de julio de 2023, donde se dispone la retroacción al momento anterior a la propuesta del caso práctico del proceso selectivo para la cobertura de 56 vacantes de Policía Local convocado por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Sevilla, el 24 de julio de 2008, convocándose la realización del ejercicio práctico del proceso selectivo el día 30 de septiembre de 2023 y aprobando la relación de aspirantes que pueden presentarse a la realización del referido ejercicio práctico (integrada por todas aquellas personas que en su día pudieron concurrir al ejercicio anulado por la sentencia y tenían aprobado el examen tipo test que constituía la primera parte del tercer ejercicio). Ahora el mismo director emite un escrito diciendo que es imposible su ejecución.

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