El jubilado que siga trabajando podrá aumentar su pensión hasta un 20%
El Gobierno diseña una reforma que eleva hasta el 80% la jornada del retiro flexible
La nueva fórmula sigue estando vetada para el personal de las Fuerzas Armadas y de la Administración de Justicia
La pensión se podrá compatibilizar al 100% con un trabajo si la jubilación se retrasa cinco años
El Gobierno sigue buscando fórmulas para fomentar el retraso de la jubilación o para amortiguar el golpe del paso al retiro como vía para frenar la escalada de los gastos de la Seguridad Social, que el pasado año superaron por primera vez los 200.000 ... millones de euros anuales, una cifra histórica que perpetúa al sistema en los números rojos y le fuerza a seguir endeudándose. La generación del 'baby boom', que durante más de 40 años han sostenido las pensiones de sus antecesores, empezó a llamar a las puertas de la Seguridad Social, de forma suave, en 2023 y su desembarco comenzó lentamente a tensar las costuras del sistema, como también lo está haciendo la aplicación de la última reforma en lo que atañe a la indexación de las subidas.
Tras poner en marcha nuevas reglas para la jubilación demorada y del retiro parcial, el departamento que dirige Elma Saiz ha diseñado ahora una reforma que pretende cambiar la forma en que los pensionistas españoles combinan su renta pública con un trabajo a tiempo parcial, lo que se denomina jubilación flexible.
La modificación que ya se estudia en el diálogo social permitirá a aquel que opte por esta opción de este retiro activo a cobrar un porcentaje mayor de su pensión como premio. El borrador de proyecto de real decreto al que ha tenido acceso ABC, amplía la jornada laboral que podrá realizar el pensionista a entre un mínimo del 40% y un máximo del 80% -en la actualidad es de entre el 25% y el 75%- y también fija una serie de incentivos como imán para atraer a beneficiarios a esta opción con nuevas pautas que quiere poner en marcha la Seguridad Social.
Así, en función del tiempo de trabajo que se realice el pensionista podrá beneficiarse de una serie de nuevas gratificaciones. El proyecto de texto legal explica que en aquellos casos en que la actividad por cuenta ajena a tiempo parcial se inicie por primera vez, una vez transcurridos al menos seis meses desde la fecha en que se cobra la pensión, el importe de la prestación se incrementará hasta en un 20%.
Detalla la norma que cuando la jornada esté comprendida entre un mínimo del 60% y un máximo del 80%, el importe de la jubilación compatible con el trabajo aumentará en el citado 20%. En el caso de que la jornada sea igual o superior al 40% e inferior al 60% el importe de la pensión se incrementará en un 10%.
Como ocurre en la actualidad, la jubilación flexible seguirá siendo incompatible con las pensiones de incapacidad permanente, y también con las mejoras que introdujo la reforma de pensiones diseñada por el ministro José Luis Escrivá, de hasta el 4% por retraso de la edad de retiro. Sí será compatible esta fórmula de jubilación que ahora se quiere mejorar con la prestación de incapacidad temporal o por nacimiento y cuidado del menor.
Brecha de género
La pensión de jubilación compatible con la actividad por cuenta ajena o con cuenta propia incluirá también el complemento por maternidad o reducción de la brecha de género cuando se perciba, así como el complemento para pensiones inferiores a la mínima.
El texto legal al que ha tenido acceso este diario detalla que los beneficiarios de la jubilación flexible mantendrán la condición de pensionistas a efectos de reconocimiento y percepción de las prestaciones sanitarias y que la cotización que realicen durante el disfrute de la fórmula de retiro no surtirá efectos para la mejora de la pensión, ni tampoco incrementará el complemento económico de demora. Una vez que concluya la relación laboral, el jubilado percibirá el ingreso íntegro de su jubilación.
Exclusiones
¿Qué colectivos pueden beneficiarse de la jubilación flexible? La reforma mantiene el mismo esquema de beneficiarios. Seguirá siendo una opción a la que pueden optar los trabajadores de todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto los funcionarios civiles del Estado, el personal de las Fuerzas Armadas y el de la Administración de Justicia.
La modificación legislativa que negocia el Ejecutivo con los agentes sociales incluirá, por último, un periodo transitorio, que permitirá que las pensiones de jubilación flexible iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto continúen rigiéndose por la normativa aplicable al iniciarse la actividad compatible hasta que se produzca su cese.
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