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Prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas en la calle y test de alcoholemia en colegios: estas son las novedades de la nueva ley del alcohol

El Gobierno aprueba un anteproyecto de ley con nuevas limitaciones para proteger la salud de los menores. Se podrán cambiar las sanciones por cursos de sensibilización

Mónica García, sobre la nueva ley de alcohol: «No existe una dosis buena, y mucho menos para los menores»

El último Consejo de Ministros recupera la norma que Darías no consiguió aprobar

Valla publicitaria con un anuncio de tequila eduardo manzana
Nuria Ramírez de Castro

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«No hay una dosis segura de consumo de alcohol y menos aún para los menores», aseguró la ministra de Sanidad, Mónica García, tras aprobar en el Consejo de Ministros un anteproyecto de ley que añade nuevas restricciones a la venta, patrocinio y consumo de bebidas alcohólicas. Las nuevas reglas están destinadas a proteger a los menores de edad, pero también afectarán a la población adulta.

Se acotan los espacios libres de alcohol, como los colegios y centros deportivos infantiles y de ocio, donde los mayores tampoco podrán beber y se podrán hacer pruebas de alcoholemia. Y se vigilarán los contenidos publicitarios con lupa para no incitar al consumo, entre otras muchas medidas.

El Ministerio de Sanidad, que preside Mónica García, quiere que su ley del alcohol proteja a niños y jóvenes y promueva al mismo tiempo un consumo responsable en la sociedad. Por eso, aunque habrá sanciones y multas, se prevé que los menores puedan cambiarlas por programas y cursos de sensibilización. La nueva ley se centra especialmente en la prevención y en intentar retrasar la edad de inicio para proteger a los chicos en una etapa en la que son más vulnerables, una de las asignaturas pendientes de todas las normativas municipales y autonómicas.

La ministra de Sanidad, Mónica García, ya había anunciado el pasado mes de enero que desde el Ministerio impulsaría restricciones al consumo de alcohol ante la falta de medidas del resto de administraciones. Y el anteproyecto ha llegado en el último Consejo de Ministros antes de las vacaciones del Ejecutivo. Las nuevas medidas entrarán en vigor después de que el texto del anteproyecto pase su trámite de audiencia e información pública. Después volverá a la mesa del Consejo de Ministros para su aprobación como proyecto de ley. De momento, estos son los cambios que prevé el anteproyecto:

Zonas de cero alcohol

Prohibido el consumo en colegios y centros deportivos y de ocio

La nueva ley prohíbe el consumo de alcohol para todas las personas, ya sean adultos o menores de edad en: cualquier centro de menores, en colegios o centros de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y de enseñanzas especiales. También en centros de protección de menores y residencias de estudiantes que admitan a menores. Quedaría prohibido el consumo en el interior del edificio, aunque no en el perímetro, como ocurre con la ley del tabaco. ¿Se podrá beber en la puerta del colegio? El Ministerio de Sanidad aclara que «dependerá de si se considera parte del espacio del centro el punto concreto donde se encuentra la persona que esté consumiendo o no». De todas formas, otras normas ya prohíben beber en la vía pública, apuntan.

También se prohíbe beber en instalaciones deportivas, de ocio o espacios dedicados a espectáculos públicos, aunque solo «cuando haya sesiones que se hayan concebido expresamente para menores . Eso significa que se podría tomar una cerveza durante un partido de fútbol de primera división en la zona vip, haya o no menores, pero no se podría consumir en los bares de los equipos deportivos infantiles o durante un concierto con programación infantil-juvenil.

Restricciones en publicidad

Adiós a los anuncios en la calle y vallas publicitarias

Los anuncios de bebidas alcohólicas desaparecerán de la vía pública cuando entre en vigor la nueva ley. Además de prohibir cualquier publicidad en los lugares donde no se puede consumir alcohol (ver apartado anterior), tampoco se podrá emplazar publicidad en la vía pública, o en lugares visibles desde la misma.

Sí podrá permitirse la publicidad, limitada al nombre comercial, denominación social y marcas o símbolos identificativos de las empresas productoras, en un perímetro que diste de 200 metros lineales de los accesos a zonas frecuentadas por menores de edad como colegios e institutos, centros sanitarios, de servicios sociales y sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.

Se prohíbe cualquier forma directa, indirecta o encubierta de publicidad de bebidas alcohólicas o productos que simulen ser una bebida alcohólica incluyendo el nombre comercial, la denominación social, símbolos o marcas comerciales de las personas o empresas productoras de dichas bebidas, dirigida a personas menores de edad.

Restricciones en publicidad

Prohibidos los mensajes de éxito social y 'consumo moderado' vinculado al alcohol

En la publicidad o comunicaciones comerciales no se podrá usar la imagen o la voz de: personas con menos de 21 años o caracterizadas o disfrazadas de menores de edad; personajes, reales o de ficción, cuya relevancia pública o su popularidad estén vinculadas con la población menor de edad, mujeres en estado de gestación, aunque hayan prestado su consentimiento, o la imagen de un feto.

Respecto al lenguaje, no se podrán utilizar argumentos, estilos, tipografía o diseños asociados a la cultura de las personas menores de edad, o vincular las bebidas alcohólicas con la mejora del rendimiento físico, el éxito social o sexual. Tampoco se podrán utilizar términos equívocos que respalden el «consumo moderado» que puedan confundir a los menores.

¿Estaría prohibido el clásico anuncio de la cerveza y la felicidad del verano? Sanidad pide prudencia antes de entrar en ejemplos concretos: «No se pueden analizar anuncios específicos sin ver su contenido, y para ello la norma prevé, como lo hace la Ley General de Comunicación Audiovisual, además de las restricciones, mecanismos de autorregulación y de corregulación con códigos de conductas que establecen mecanismos para poder evaluar las comunicaciones antes de su emisión para que cumplan los requisitos de la norma. Por otro lado, no estamos recogiendo en este punto concreto nada que no esté recogido ya en la Ley General de Comunicación Audiovisual en su Artículo 123.3.», afirman.

Control policial

La policía podrá hacer test de alcoholemia en colegios o centros de ocio a adultos y menores

La norma habilita a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado a realizar pruebas de alcoholemia en zonas donde el consumo de alcohol esté prohibido y cuando consideren que se incumplen algunas de las normas relacionadas con la prohibición de consumir. Es decir, no harán soplar de forma aleatoria por la calle, pero sí podrían pedir un test de alcoholemia a un profesor o un padre de un alumno si están en un centro educativo o deportivo donde está prohibido beber, por ejemplo. Las pruebas se limitarán a métodos no invasivos como el etilómetro.

Más restricciones a la venta

Prohibida la venta ambulante y en máquinas de vending solo con DNI, como con el tabaco

Se prohíbe la venta ambulante en la vía pública y en los demás lugares, tal y como ya marcan otras normativas autonómicas y municipales. El suministro automático de bebidas alcohólicas requerirá que las máquinas de dispensación incorporen mecanismos técnicos que impidan su adquisición por menores, como ya sucede con el tabaco. Además, no podrán instalarse en la vía pública, ni en lugares donde esté prohibida la venta o consumo de bebidas alcohólicas.

Se regula la exposición

Las tiendas dedicadas con productos infantiles no podrán vender bebidas alcohólicas

La exposición y acceso a las bebidas alcohólicas en los establecimientos de autoservicio deberá limitarse a un espacio concreto dentro del propio local que esté separado de los espacios con productos específicamente destinados a las personas menores de edad.

En los establecimientos dedicados mayoritariamente a la venta de productos para menores de edad, no podrán venderse bebidas alcohólicas ni otros productos que los imiten, ni exhibirse en los escaparates o en el interior, aunque estén vacíos.

Sanciones y multas a menores

Cursos de concienciación a cambio de multas y sanciones

La experiencia ha demostrado que imponer sanciones de 600 euros por beber en la calle no disuade a los menores. Tampoco que ese importe se traslade a la familia como responsable subsidiario. Por ello, la nueva ley prevé que las multas impuestas por la comisión de la infracción leve relacionada con el consumo de alcohol, pueda suspenderse a cambio de la participación en programas preventivos de sensibilización y concienciación o rehabilitadores en función de cada caso.

Actuaciones urbanísticas

Límites a los puntos de venta de alcohol

Para valorar la adopción de limitaciones a la apertura o instalación de establecimientos, la ley recomienda a las administraciones públicas que tengan en cuenta: la densidad o concentración de puntos de venta minorista de bebidas; la existencia y proximidad a los puntos de comercialización minorista de bebidas alcohólicas de centros educativos, de centros de menores de edad o establecimientos en los que se desarrollen espectáculos o actividades recreativas públicos y a los que puedan acceder personas menores de edad.

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