¿Puedo recibir aún la ayuda de 200 euros aunque esté fuera del plazo establecido?
Hacienda confirma que está habiendo un retraso con el pago de estas prestaciones
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Sevilla
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Iniciar sesiónYa hace un mes desde que finalizó el plazo que se dio la Agencia Tributaria para pagar la ayuda de 200 euros para familias vulnerables, con muchos de los solicitantes aguardando aún el ingreso. Esta prestación fue anunciada por el Gobierno a finales ... del pasado año 2022, siendo aprobada para dar apoyo económico a personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio que durante el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo. Esta ayuda de 200 euros quedó estipulada en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, junto con otra serie de medidas para combatir las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, y apoyar la reconstrucción de la isla de La Palma y otras situaciones de vulnerabilidad.
Según la propia Sede electrónica de Hacienda, en su apartado de 'Preguntas frecuentes sobre la segunda ayuda de 200 euros para personas físicas', se especifica que el plazo para ingresarla era de tres meses, contados a partir de la fecha de finalización del plazo para presentar el formulario, que fue el 31 de marzo. Sin embargo, pasados esos tres meses, los hay que aún no han recibido la prestación, ni tampoco una respuesta denegatoria de la misma por parte de la Agencia Tributaria.
¿Se puede recibir la ayuda de 200 euros fuera del plazo establecido?
En vista de esta situación, muchos solicitantes se preguntan si podrán recibir la ayuda de 200 euros después de haberse cumplido los tres meses que se dio la Agencia Tributaria de plazo para pagarlos. Como respuesta, Hacienda está contestando a quienes le consultan que sí se puede recibir la prestación fuera del plazo establecido. De hecho, durante la última semana de julio, hubo varios ciudadanos que por fin vieron ingresados en sus cuentas estos 200 euros de ayuda.
No obstante, también se matiza desde la Agencia Tributaria que el silencio administrativo puede también entenderse como una denegación de la ayuda. En concreto, lo que señala en su página web es que «transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud sin haberse efectuado el pago ni haberse notificado una propuesta de resolución denegatoria, la solicitud podrá entenderse desestimada».
Por otra parte, Hacienda informa también en su apartado de 'Preguntas frecuentes sobre la segunda ayuda de 200 euros para personas físicas' sobre la posibilidad de reclamar. A ella pueden acogerse tanto quienes no han obtenido el dinero tras el plazo establecido, como aquellos a los que se les ha confirmado el acuerdo de denegación tras la fase de alegaciones. En ambos casos, los usuarios disponen de dos vías:
- Recurso de reposición: a interponer en el plazo de un mes, y con carácter potestativo, desde que se emitió el acto administrativo que se desea impugnar, en la misma oficina de la Agencia Tributaria desde la que fue enviado. El usuario debe hacer que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
- Reclamación Económico-administrativa: a interponer en el plazo de un mes a la Agencia Tributaria desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado, o a aquel en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo.
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