Carrera Oficial

Hacienda pierde el pleito contra el Consejo de Cofradías por el IVA de las sillas

El TEAC reconoce la exención por el carácter social y por no ser la Carrera Oficial un espacio «libre y gratuito»

Los juristas dudan si la resolución es recurrible y fuentes políticas afirman que la ministra quiere seguir litigando

El IVA de las sillas: dos décadas de pleitos que siempre ganó el Consejo

El misterio de la Carretería opr la Campana, en el Santo Entierro Grande de 2004 J. M. Serrano

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha tumbado todas las tesis que argumentaba la Agencia Tributaria (AEAT) para conseguir la tributación del IVA por la explotación de la Carrera Oficial. La Dirección General de Tributos presentó un recurso extraordinario de alzada para ... la unificación de criterio en contra de la resolución adoptada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía (TEARA) a principios de este año en el que daba la razón al Consejo de Cofradías en su petición de que las sillas y palcos estuvieran exentas de la aplicación del IVA ya que, además, era cosa juzgada después de que en 2002 ya se pronunciasen a su favor estos mismos tribunales.

La sentencia, cuya resolución se emitió el pasado 15 de diciembre, es contundente a la hora de desestimar este recurso, recordándole a la AEAT -que depende del Ministerio de Hacienda cuya titular es María Jesús Montero- que hasta en cinco ocasiones se ha juzgado el asunto y que todos las resoluciones han sido similares. Es decir, no hay fallos contradictorios porque el criterio «ha sido unánime y no ha variado a lo largo de un periodo temporal que abarca 20 años». Y aclara, por si hubiera dudas, que estos han determinado que «la Semana Santa está exenta y que, de haber estado sujeta al citado tributo, el tipo aplicable sería el reducido (10%)».

Para el TEAC, la unanimidad de todos los fallos desde 2002 hasta ahora obedece a que tanto las circunstancias de la actividad de la Carrera Oficial como la normativa aplicable no han experimentado variación en todo este tiempo y que, «en la actualidad, permanecen idénticas e invariables». Por esto, el tribunal le explica a Hacienda que «no hay base suficiente para sustentar un recurso de alzada para la unificación de criterio», además de que «se admite la existencia de la cosa juzgada».

¿Por qué está exenta?

La clave del último fallo que determina la exención del IVA pasa por tres aspectos. El primero es el de la «cosa juzgada» y la citada unificación de criterio. El segundo es el reconocimiento de la naturaleza jurídica del Consejo, que a efectos de la Ley del IVA tiene un «carácter social». Y, por último, que es la novedad, el TEAC señala que «cuando la contemplación de los desfiles procesionales por la Carrera Oficial durante la Semana Santa no sea libre y gratuita, es decir, que quede reservada en exclusiva a las personas que pagan por ello, la venta de abonos de sillas y palcos constituye un servicio sujeto y exento del IVA». Por el contrario -expone-, «si tales desfiles pudiesen ser contemplados normalmente por cualquier persona, por toda la Carrera Oficial o parte de ella, sin necesidad de pagar por ello -como ocurre con las sillas del Corpus Christi-, constituiría un servicio sujeto y no exento de IVA, sometido a tributación por el tipo general del 21%».

Esta sentencia es contundente también en lo que respecta a la firmeza de las decisiones adoptadas por los distintos tribunales recurridos. «Lo que la Agencia Tributaria está combatiendo realmente es una decisión que ya era firme en vía administrativa, no pudiéndose admitir el recurso de alzada extraordinario al ir dirigido frente a una resolución económico-administrativa que es reproducción de otro fallo anterior definitivo y firme».

¿Es recurrible?

Juristas consultados por ABC, entre ellos el propio presidente del Consejo, Francisco Vélez, dudan de que exista alguna instancia superior a la que la Agencia Tributaria pueda recurrir, como pudiera ser el Tribunal Supremo o el Contentencioso-Administrativo. Una de las características que tiene la resolución última es que no tiene 'pie de recurso', a lo que se le suma la insistencia a la hora de recordarle a la AEAT de que los fallos anteriores ya eran firmes. Por otro lado, fuentes políticas han informado de que la ministra ha deslizado que pretende recurrir a todas las instancias posibles con el fin de que se le aplique el IVA a las sillas y palcos, desde los que ella misma disfrutó del pasado Viernes Santo en la plaza de San Francisco.

Por su parte, Vélez, que considera que es una «muy buena noticia para los sevillanos» esta resolución, explica que, una vez se confirme que no hay más recursos, se procederá al la devolución del dinero cobrado de más a los abonados. Respecto a la aplicación del IVA para la Semana Santa de 2023, recuerda que «hasta que no sea firme no se puede dejar de cobrarlo» y que «hay que ser prudentes».

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