Corrupción
El juez del caso ERE avisa de que «las subvenciones eran para las empresas», no para los trabajadores
El instructor Vilaplana procesa a Lanzas, al director de Vitalia y al dueño de Cash Lepe
A. R. Vega
La instrucción de la macrocausa de corrupción de los ERE retoma el ritmo tras el parón de la actividad judicial no urgente desde que se decretó el estado de alarma por la pandemia. El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, ... José Ignacio Vilaplana , ha dictado un auto de transformación de las diligencias previas en un procedimiento abreviado con el que cierra la investigación de la ayuda irregular de 1,48 millones que la Junta de Andalucía concedió, «sin causa que la justificase», a la cadena de supermercados Cash Lepe S.A .
En la resolución judicial, la última que puede ser recurrida por las partes personadas en esta pieza desgajada del caso ERE, el magistrado prosigue con la causa como «presuntos responsables penales» contra el administrador único de la sociedad, Francisco Díaz Mingorance, el conseguidor Juan Lanzas y el exdirector general de la mediadora Vitalia, Antonio José Albarracín y contra las entidades Cash Lepe S.A. y Vitalia como responsables civiles subsidiarios.
En su narración de los hechos presuntamente delictivos recogidos en el auto del 8 de junio pasado, el juez –que sustituye a María Núñez Bolaños durante su baja laboral– sostiene que estas ayudas « constituyen una verdadera subvención a la empresa ». El destino de las mismas «era financiar el coste de la extinción de la relación laboral acordada entre empresa y trabajadores» para la tramitación de un ERE, «siendo la forma de pago» la suscripción de un seguro de renta de los empleados, «una obligación» de la sociedad, puntualiza. Es la misma tesis que mantiene la Fiscalía Anticorrupción y la acusación del PP y que recoge en su sentencia el tribunal de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros ex altos cargos de la Junta en el único juicio del caso ERE celebrado.
En el auto señala que las ayudas tenían como objetivo el pago de indemnizaciones por el despido de 19 trabajadores afectados por el ERE. La Junta financiaba el 78,35% del coste total de la póliza que cobraban hasta la edad de jubilación o mediante pensiones vitalicias. Los pagos «se llevaron a cabo a sabiendas de la ilicitud de las ayudas» desde diciembre de 2004 hasta 2010 y fueron ordenados por los exdirectores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez. Ambos han sido excluidos de esta causa porque ya han sido juzgados y condenados en la denominada pieza del procedimiento específico.
Pagos cruzados
Para abonar las ayudas se utilizó el «irregular sistema» de pagos cruzados, en el que los fondos asignados a una póliza son desviados al pago de otra distinta. El juez expone en su resolución que las ayudas se dieron «de forma injusta y arbitraria, prescindiendo del procedimiento legalmente establecido », sin publicidad, concurrencia y objetividad, y mediante una herramienta presupuestaria inadecuada. La Consejería de Empleo no hizo «análisis económico alguno» y tampoco hubo control administrativo ni fiscalización.
Vilaplana afirma que el empresario «no puede pretender justificar su desconocimiento sobre la ilicitud » de las ayudas. Lanzas recibió un pagaré de 6.000 euros a través de la mercantil Hermes Consulting como intermediario. Albarracín contrató la póliza «que sirvió como elemento de defraudación con el único ánimo de enriquecerse».
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