Qué es un usufructuario, la casilla 505, la referencia catastral y otras dudas habituales al hacer la declaración de la Renta
Los afectados podrán presentar el borrador por su cuenta de manera telemática o hacerlo de forma presencial, como cada año
Declaración de la Renta 2022-2023: fechas clave y novedades
¿Se puede corregir la declaración de la Renta una vez presentada?
A. C.
Barcelona
La nueva campaña de la declaración de la Renta ya está aquí y con ella llegan, para muchos, las dudas de cada año acerca algunas de las cuestiones que solicita la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). Hasta finales de junio, como cada ... año, todo contribuyente tiene que rendir cuentas con la administración estatal.
La incertidumbre ante algunos de los aspectos que se tienen que especificar ha ido a más en los últimos años, especialmente desde que se ha abierto la posibilidad de que toda persona pueda presentar el borrador con su declaración desde su casa, una cuestión que ha permitido agilizar los trámites y que, a la vez, genera muchas dudas a los que no son expertos en la materia.
Desde el martes 11 de abril queda abierta la campaña sobre los ingresos obtenidos en 2022. Todos aquellos que tengan problemas para hacer su declaración pueden acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria con reserva de hora previa. En todo caso, a continuación se resuelven algunas de las dudas más habituales.
¿Qué es un usufructuario?
La declaración de la renta permite detallar si la persona es arrendataria, propietaria o usufructuaria de una vivienda y esta cuestión genera algunas dudas sobre la última posibilidad. El usufructuario es la persona que disfruta del inmueble y tiene el pleno derecho de uso, incluso alquilarla y obtener beneficio de ella, pero no puede transmitirla porque no es su propietaria.
Se diferencia, pues, del arrendatario, que es el inquilino de la vivienda mediante un contrato, y del propietario, que es la persona a la que le pertenece el inmueble.
La importancia de la casilla 505
Es una de las grandes dudas a las que casi todos los contribuyentes se tienen que afrontar. Y es que a la hora de obtener el borrador de la declaración de la Renta el sistema puede llegar a pedir, si no se posee de un certificado digital o la Cl@ve, del número de referencia, útil para otras cuestiones menores de la campaña. Este número es un código formado por seis letras y números y para conseguirlo hace falta saber el dato de la casilla 505 de la renta del anterior ejercicio, en este caso de 2021.
Esta casilla corresponde en concreto a la «base liquidable general sometida a gravamen», según se explica en el portal de la Aeat, que especifica que se puede confirmar el importe en el apartado «base liquidable general y base liquidable del ahorro» o en el 'Documento ingreso o devolución'. El sistema permite consultar el borrador o la declaración del año anterior.
En este mismo sentido, en el caso de que no haber presentado declaración de IRPF correspondiente al ejercicio anterior o si el importe es 0,00 la alternativa debe ser indicar como dato de contraste los cinco últimos dígitos del código IBAN de alguna cuenta bancaria en la que el implicado figure como titular.
La referencia catastral
Esta cuestión también es obligatoria para todos los propietarios de vivienda, que están obligados a declararla en la declaración. Esta cifra que es como la identificación del inmueble, tiene 20 dígitos asignados por el Catastro y sirve para saber el año de construcción, sus metros cuadrados y otros aspectos de vivienda.
Para conocer esta cifra se puede optar por distintas vías. Por un lado, a través de la sede del Catastro (y con un DNIe o certificado electrónico), pero también en cualquier recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que los propietarios pagan anualmente a los ayuntamientos. También se puede consultar en el programa 'Renta Web' y en su zona específica sobre los rendimientos de capital inmobiliario o en l as escrituras públicas, donde tiene que constar esta referencia catastral. En el último de los casos se puede acudir al Registro de la Propiedad, donde se supone que debe estar inscrita la vivienda.
La aportación a los sindicatos
Aunque no es muy sabido, los contribuyentes que estén afiliados a algún sindicato pueden deducir sus cuotas del año anterior, que pueden llegar a suponer un ahorro de entre el 20 y 35% y un máximo de 600 euros anuales.
Los interesados en añadir estos gastos a su declaración tienen que indicarlo en la casilla 14, que lleva por descripción, «cuotas satisfechas a sindicatos» del IRPF. Este detalle se encuentra dentro del apartado de «rendimientos del trabajo».
El calendario de la presente campaña
Los contribuyentes tienen, en todo caso, casi tres meses por delante para presentar su declaración, ya sea con la presentación del borrador a través de internet, algo que se podrá realizar desde el martes 11 de abril. También se puede presentar por teléfono o de manera presencial, algo que se podrá solicitar a partir del 5 de mayo.
Quienes quieran acudir físicamente a una sede para recibir la ayuda tendrán que pedir previamente cita, lo que se podrá activar del 3 de mayo. El plazo de presentación del proyecto terminará el 30 de junio.
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