El Juzgado de Primera Instancia 31 de Barcelona ha anulado por abusivas siete cláusulas y las adendas del contrato de alquiler a una inquilina de Granollers (Barcelona) que demandó al fondo inmobiliario Azora, propietario de la vivienda.
En concreto, ha declarado abusiva la cláusula que permitía retener la fianza, la que imponía una penalización por demora en el desalojo (el triple de la renta diaria por cada día de retraso), y la que renunciaba a derechos en caso de que se interrumpiera un suministro por causas ajenas al arrendador.
También ha anulado la cláusula que fijaba el derecho del propietario a hacer visitas periódicas para comprobar el estado de la vivienda, la que estipulaba la resolución por incumplimientos no esenciales, la que imponía gastos por incumplimiento y la que afirmaba que todas las cláusulas del contrato se habían negociado individualmente.
Sentencia pionera
El Colectivo Ronda, que representa a la demandante, ha valorado en un comunicado tras conocerse la sentencia que «por primera vez, un juzgado de España ha condenado la inclusión de cláusulas abusivas y que generan desequilibrios entre arrendadores y arrendatarios en los contratos de alquiler».
El despacho de abogados ha calificado la sentencia de «pionera y de gran trascendencia» y ha recordado que el fondo quería aplicar una actualización de la renta del 30%, lo que hubiera supuesto pasar de los 690 euros mensuales de alquiler que firmó en 2020 a unos 1.100 euros.
Para el Sindicat de Llogateres, que interpuso la demanda en representación de la inquilina afectada, esta sentencia «abre las puertas a cambiar el futuro de miles de personas afectadas por estas cláusulas en sus contratos de alquiler», ha afirmado en un comunicado.
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete