¿Cuándo están las empresas obligadas a regalar cesta de Navidad a sus trabajadores?
Hay algunas situaciones en las que recibir este aguinaldo es un derecho y los empleados pueden reclamarlo
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Iniciar sesiónLas navidades son una época en la que acostumbramos a preparar nuestras mejores recetas, comprar los alimentos más exquisitos, la materia prima de primera calidad y darnos unos caprichos culinarios que no solemos permitirnos el resto del año.
Así, el marisco, ciertas carnes, quesos, embutidos, ... dulces y otros alimentos abundan en gran mayoría de hogares españoles. Pero, no hace tanto tiempo, este tipo de productos no corrían de la cuenta de los ciudadanos si no que, en muchos casos, procedían de la apreciada cesta de Navidad que daban las empresas a sus trabajadores.
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Virginia López Esplá
Hace ya algunos años era costumbre que gran parte de las empresas, sobre todo las más grandes, dieran una cesta de Navidad a sus empleados. En ellas se solían incluir productos como jamón, queso, patés, conservas, vino, turrón, polvorones, entre otras delicias típicas para consumir en estas fechas señaladas.
Pero desde hace un tiempo, en muchos casos a raíz de la pandemia por coronavirus, esta costumbre tan agradecida se ha perdido, y ahora lo raro es que alguien reciba cesta de Navidad o algún tipo de obsequio en estas fechas. Pero, ¿es obligatorio para las empresas darla?, ¿se puede reclamar de alguna manera? Te sacamos de dudas a continuación.
¿Qué empresas están obligadas a regalar cesta de Navidad a sus trabajadores?
Según afirman desde Legalitas, en líneas generales las empresas no están obligadas a entregar una cesta de Navidad, ya que este no es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores. Pero, si en años anteriores sí has recibido cesta, la situación cambia.
Aunque depende de cada caso concreto, «la entrega de la cesta de Navidad puede ser un obsequio o acto liberatorio de la empresa o una condición más beneficiosa y, por lo tanto, exigible si la empresa deja de entregarla sin causa, justificación o negociación». Esto se refiere a que, si la cesta de Navidad viene identificada por nómina como un 'extra' para los trabajadores, la empresa sí está obligada a darla cada año.
Además, según una sentencia del Tribunal Supremo, en las empresas en las que por costumbre de años, entregar cesta se haya convertido en 'derecho adquirido' por los empleados, este no se podrá quitar así como así y, si los responsables quieren suprimir su entrega, deberán alcanzar un acuerdo con sus empleados de forma obligada.
También se indica que para que quede claro que se trata de un derecho adquirido, «es necesario que dicha actuación persistente (de dar la cesta de Navidad) descubra la voluntad empresarial de introducir un beneficio que incremente lo dispuesto en la ley o el convenio», se indica desde Legalitas.
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