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¿Puedo aplicarme deducciones por aportaciones a partidos políticos, sindicatos o fundaciones?

La base de estas deducciones no podrán superar con carácter general el 10% de la base liquidable del IRPF

POR IVÁN SÁEZ FUERTES

Son deducibles de la cuota del IRPF los donativos a, entre otros, las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública , incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 49/2002 de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de ... los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE del 24), a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998 de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan la forma jurídica de Fundación o Asociación, y a la Iglesia.

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