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Renta 2018-2019

Acertar el «Rosco» de Pasapalabra es solo el inicio: ¿hay que declarar los premios de Lotería o de la TV?

La Lotería, la ONCE y la Cruz Roja están exentos del IRPF, pero tienen un gravamen especial del 20%, si la cuantía es superior a los 10.000 euros. El resto de premios se consideran ganancias patrimoniales y tributan en la base general

Los premios que reparte Loterías y Apuestas del Estado (Lotería Nacional, Bonoloto, Euromillones, Quiniela, etc), los sorteos organizados por la Cruz Roja Española o la ONCE, se encuentran exentos de tributar en el IRPF EFE
Carlos Manso Chicote

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Todos hemos visto imágenes en que la esquiva suerte cuando acude al encuentro de uno, en forma de premio de la Lotería, un cuponazo de la ONCE o un pleno al 15 de la Quiniela . De igual modo, la pericia de un concursante o de un equipo de ellos en la televisión puede reportar importantes beneficios o bien nuestra propia valía recibir un reconocimiento, a través de un galardón literario o algún premio similar. Si ha conseguido algún « pellizco» por cualquiera de estas vías, los siguientes consejos le pueden interesar: así puede evitar llevarse sorpresas en su cita anual con Hacienda.

Si nos referimos a los premios que reparte Loterías y Apuestas del Estado (Lotería Nacional, Bonoloto, Euromillones, Quiniela, etc), los sorteos organizados por la Cruz Roja Española o la ONCE, se encuentran exentos de tributar en el IRPF aunque están sometidos a un «gravamen especial» del 20%. Introducido en 2013, en plena crisis económica, a los premios de sorteos celebrados antes del 5 de julio de 2018, y cuya cuantía sea superior a los 2.500 euros, se les aplicará la citada retención. Para los juegos que tengan lugar entre el 5 de julio y el 31 de diciembre del año pasado, se les aplicará el gravamen a los premios superiores a 10.000 euros. «Con la tarifa del 20%, desde el momento que se nos aplica, hemos tributado y ya no tendríamos que declarar» , ha confirmado el presidente de la Asociación Española de Asesores Fiscales y Gestores Tributarios (Asefiget), Adolfo Jiménez.

Otra cosa sería si con lo recibido hemos obtenido un beneficio posterior. « Si el dinero recibido da rendimientos, entonces tributaría» , resume el máximo responsable de Asefiget. Por ejemplo, si usted invierte el millón de euros del Joker de La Primitiva que acaba de ganar en una vivienda para venderla posteriormente o adquiere unas acciones, por las que recibe un dividendo o un beneficio por deshacerse posteriormente de ellas, entonces le tocará tributar por ello. La venta de acciones sería una ganancia patrimonial y esto se imputaría igualmente a la base del ahorro, aplicándos el tio del impuesto que corresponda. Como ha comentado Jiménez, si hablamos de dividendos, estos van a los rendimientos de capital mobiliario (base del ahorro) reteniéndose un 19% y tributando según las rentas acumuladas aplicándose el tipo del impuestos correspondiente.

Como ha recordado el máximo representante de Asefiget hay más tipos de premios exentos de pagar el IRPF , nos referimos a aquellos organizados por organismos públicos o entidades de carácter social y asistencia sin ánimo de lucro de la Unión Europea. Precisamente , la línea roja reside en que si hay «explotación comercial» se debe declarar También existe un listado de galardones exentos, el cual incluye organismos como la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) pasando por fundaciones (AENA, Autor-SGAE, Pfizer, etc...), organismos oficiales (el Ministerio de Cultura, Ayuntamiento de Ávila,etc...) o medios de comunicación, entre otros.

Hacienda se queda «casi con la mitad»

Respecto a premios de concursos de televisión o radio, Jiménez ha aclarado que estamos ante ganancias que van a la tarifa general, de carácter progresivo, sumándose a las rentas del trabajo: «Hacienda se queda aproximadamente con la mitad», ha comentado Jiménez quien añade que también dependerá de la comunidad autónoma en la que hagamos la declaración, ya que la mitad de la denominada base general está en manos de esta administración. «Por ejemplo, en Cataluña en el último tramo - el mayor- se puede alcanzar a un tipo del 52%» , ha apuntado ese experto.

Respecto a los premios literarios, Adolfo Jiménez que preside Asefiget, ha recordado que se supone que tras ellos hay un tiempo de dedicación. «Se les suele dar la consideración de irregular y aunque se tribute por ellos, hay una reducción del 30%», ha comentado este experto que recuerda que se dará cuentas a Hacienda por el 70% restante. «La entidad que lo concede ya sabe si está exento o no su premio, ya que es esta quien lo solicita, ha aclarado el presidente de Asefiget. En este caso toca tributar como rendimientos del trabajo (Base General).

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