La CNMC incluye a dos directivos de Renfe en su investigación por prácticas anticompetitivas en mercancías

La ampliación del expediente atañe a un ejecutivo de Renfe Mercancías y a otro de Pecovasa

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Centro logístico y zona ferroviaria de Renfe Mercancías valerio merino

Europa Press

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha ampliado un expediente sancionador que abrió a Renfe en julio de 2024 por llevar a cabo posibles prácticas restrictivas de la competencia en el ámbito de las mercancías, para incluir ahora a dos ... directivos de la compañía.

En concreto, el expediente afecta a las empresas Renfe-Operadora Entidad Pública Empresarial (Renfe Operadora), Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal (Renfe Mercancías) y Pecovasa Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal (Pecovasa).

La ampliación del expediente atañe a un directivo de Renfe Mercancías y a otro de Pecovasa, su filial especializada en el transporte de automóviles, según ha informado la CNMC en un comunicado.

«La ampliación no prejuzga el resultado de la investigación. Se mantiene el periodo máximo de 18 meses, desde la fecha de la incoación inicial, para la instrucción y la resolución del expediente», explica Competencia.

El regulador está investigando si Renfe Mercancías y Pecovasa restringieron la competencia en una licitación de servicios de tracción ferroviaria convocada el 20 de enero de 2022 por Pecovasa, en la cual Renfe Mercancías resultó adjudicataria.

«Estas prácticas podrían infringir los artículos 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)», argumentaba Competencia.

El expediente se inició a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas. Posteriormente, la CNMC inició una información reservada y realizó inspecciones en octubre de 2023.

Como consecuencia de estas investigaciones, el regulador encontró «indicios razonables» de que Renfe Operadora, Renfe Mercancías y Pecovasa podrían haber infringido el artículo 2 de la LDC y el 102 del TFUE.

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