El inquilino podrá deducir del alquiler los gastos de las reformas
Ana Pastor considera que es fundamental incentivar la oferta de pisos, con lo que bajarían los precios, a través de un equilibrio en la seguridad de propietarios e inquilinos
abc.es
El Gobierno ha anunciado hoy en el Consejo de Ministros un paquete de medidas para flexibilizar, mejorar y estimular el «raquítico» mercado del alquiler, en palabras de la ministra de Fomento Ana Pastor.
La medida más importante es la mejora en la ... regulación del procedimiento de desahucio , que ya fue anunciada ayer y que introduce un plazo de diez días para que el arrendatario pague la deuda, un periodo en el que el inquilino puede alegar ante el juez. Si en ese periodo no se satisface la deuda, las alegaciones no son satisfactorias o directamente estas no se presentan, el juez podrá dictar la resolución del contrato de forma inmediata. «Esta ley es de todos en el Parlamento, busca el equilibrio ya que algo no está pasando cuando tenemos menos vivienda en alquiler que en otros países», ha detallado Pastor.
Además, como gran novedad del día, el Ejecutivo ha incluido la posibilidad de deducir del alquiler las reformas y mejoras llevadas a cabo por el inquilino en el domicilio.
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha afirmado que con estas medidas se trata de fomentar que el mercado del alquiler esté bien consolidado , ya que en la actualidad es de los más pequeños de Europa , y aseguró que busca mayor equilibrio y seguridad jurídica para ambas partes.
Por su parte, Ana Pastor, indicó que con la regulación actual no hay nadie contento , ni propietarios ni inquilinos. La ministra subrayó que es fundamental incentivar la oferta de pisos, con lo que bajarían los precios, a través de un equilibrio en la seguridad de propietarios e inquilinos. A partir de ahora se inicia el trámite parlamentario y el Gobierno asegura estar abierto a todas las mejoras con la negociación con los grupos.
Más flexibilidad
Entre las medidas que recoge, se encuentran que la actualización de la renta no tenga que estar ligada al IPC, se flexibiliza la duración de los contratos, y el plazo de prórroga obligatoria se reduce de cinco a tres años, y el de prórroga tácita de tres a uno. Por otra parte, y con independencia de la duración del contrato, el inquilino podrá desistir del contrato siempre que lo comunique con un mes de antelación.
También se garantiza que el propietario pueda recuperar su vivienda, sin necesidad de que esté previsto en el contrato de arrendamiento si hubieran transcurrido cinco años desde su firma, siempre que necesite la vivienda para sí, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad.
Desahucios
Los procedimientos de desahucio por impago de rentas son lentos e ineficaces, según el Ejecutivo, que ve necesario la agilización de este procedimiento, reduciendo la intervención judicial al mínimo imprescindible.
Entre las medidas adoptadas, se crea un procedimiento judicial acelerado para que en el plazo de diez días se proceda al pago de la renta debida. Además, se simplifican los procedimientos judiciales para efectuar los desahucios, duplicando la capacidad de los juzgados.
La propuesta del Gobierno recoge una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil y se vincula el alzamiento a la falta de oposición del demandado y la finalización del proceso será mediante auto del juez.
En este sentido, Pastor indicó que el proceso se pone en marcha por la falta de oposición del demandado tras ese plazo de diez días, y aseguró que lo que queremos es hacer posible que esa indeterminación se puedan resolver, pero dando seguridad a las dos partes .
Fiscalidad
Parte importante de los cambios se centran también en la modificación del régimen fiscal de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi).
Estas sociedades, creadas en 2009, son sociedades cuya actividad principal es la inversión en activos inmobiliarios urbanos para su alquiler, incluyendo tanto viviendas como cualquier otro inmueble urbano. En las Socimi, el Gobierno reduce el plazo exigido para que los bienes inmuebles que hubieran sido promovidos por la entidad se mantuvieran en arrendamiento, de siete a tres años. También se reduce la cifra de capital social mínimo exigido, de 15 a 5 millones de euros.
Entre los cambios con respecto al anteproyecto se encuentra que ahora la Socimi tribute al 0% en el Impuesto de Sociedades, y se desplaza la tributación al dividendo que tributará al 19%. Además, las Socimis tendrán que repartir el 80% de los beneficios.
La OCU pide plazos más breves para el desahucio, pero no para el alquiler
Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios se ha mostrado partidaria de agilizar los desalojos en caso de impago, pero defiende que se mantengan los establecidos para el alquiler de una vivienda para dar garantías a ambas partes.
En relación con las medidas aprobadas por el Gobierno para flexibilizar el mercado de la vivienda de alquiler, la OCU solicita que los plazos en los casos de impago se agilicen y «que se cambie la normativa para que deje de ser imprescindible contratar abogado y procurador en los juicios por desahucio».
«Todo lo que sea facilitar la recuperación del inmueble en caso de impago del inquilino es positivo: si los propietarios tienen mayor seguridad estarán más dispuestos a alquilar», añade.
Para la organización de consumidores, «una cosa es agilizar los desalojos en caso de impago y otra es acortar los plazos del alquiler porque si se busca que el alquiler sea una opción equiparable, como en muchos países de nuestro entorno, inquilino y propietario deben tener unas garantías de estabilidad».
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete