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Rajoy crea un Departamento de Seguridad Nacional

Según recoge el BOE, el responsable será el actual director adjunto del Gabinete de Rajoy, Alfonso de Senillosa

ESTEBAN VILLAREJO

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, contará con un Departamento de Seguridad Nacional, según la modificación del Real Decreto del 13 de enero que se publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) .

Así se dispone que «bajo la dependencia orgánica y funcional del director adjunto del Gabinete», el Departamento de Seguridad Nacional «es el órgano permanente de asesoramiento y apoyo técnico en materia de Seguridad Nacional a la Presidencia del Gobierno».

El director adjunto del Gabinete de Rajoy es Alfonso de Senillosa, graduado en dirección de marketing por ESEM y en dirección general por el IESE. Es fundador de la empresa de reprografía Workcenter. En las últimas elecciones generales fue en las listas del PP por Madrid.

Siete funciones

Entre las funciones del Departamento de Seguridad Nacional, la modificación del Real Decreto constata:

1. Contribuir a la elaboración, implantación y revisión de las estrategias, así como la coordinación y el seguimiento de las directivas y la integración de los planes que en materia de seguridad nacional se desarrollen.

2. Contribuir a la elaboración de propuestas normativas, estudios e informes sobre Seguridad Nacional y la divulgación de la información que resulte de interés en esa materia, sin perjuicio de las funciones que correspondan a otros órganos.

3. Estudiar y proponer, en su caso, la normativa necesaria para el funcionamiento y actuación del Sistema Nacional Gestión de Situaciones de Crisis , así como programar y coordinar los ejercicios de conducción de crisis.

4. Prestar apoyo a los órganos del Sistema Nacional de Gestión de situaciones de Crisis, asumiendo las funciones de Secretaría Técnica de la comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis y de aquellos otros que determine el Presidente del Gobierno.

5. Mantener y asegurar el adecuado funcionamiento del Centro Nacional de Conducción de Situaciones de Crisis y las comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno, así como proteger su documentación.

6. Realizar el s eguimiento de los riesgos, amenazas o situaciones de crisis o emergencia nacionales e internacionales, en coordinación con los órganos y autoridades directamente competentes, y servir como órgano de apoyo para las decisiones de la Presidencia del Gobierno o de la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.

7. Analizar los posibles escenarios de crisis, estudiar su posible evolución, diseñar y custodiar, en coordinación con los órganos competentes los planes de contingencia que respondan a cada una de la situaciones, manteniéndolos actualizados, elaborando con los respectivos Ministerios los catálogos de medidas de respuesta.

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