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El Supremo considera delito las llamadas perdidas a víctimas si el agresor tiene prohibido comunicarse con ellas

La Sala desestima así el recurso de casación planteado por un hombre que fue condenado a un año de prisión por un delito continuado de quebrantamiento de condena

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La Sala de lo Penal considera que la llamada realizada al teléfono de una víctima de violencia de género por quien tiene prohibido comunicarse con ella, aunque no fuera atendida por ésta , constituye un delito de quebrantamiento de condena , siempre ... que quede registrada y sea posible saber quién la efectuó, ya que la víctima es consciente de la existencia de la llamada perturbadora de su tranquilidad y que amenaza su seguridad.

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