¿Cómo se quiere aplicar la eutanasia en España?
De aprobarse las enmiendas del Gobierno de coalición y sus socios, «la ayuda para morir» la prestará el Servicio Nacional de Salud a «domicilio»
Los países en los que la eutanasia es legal
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Iniciar sesiónEl Gobierno de coalición y sus socios tienen mucha prisa en convertir «el derecho a morir» en una prestación más de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS). En apenas dos reuniones, han conseguido esta semana acordar las enmiendas transaccionales ... que muy probablemente se incorporarán al articulado de la ley. La norma será votada las próximas semanas por la Comisión de Justicia antes de ser llevada al pleno del Congreso.
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Gran parte de las enmiendas que se han propuesto para la regulación de la eutanasia son el resultado del consenso de varios grupos parlamentarios ( PSOE, Podemos, Bildu, Más País, ERC, PNV y Ciudadanos ). Salvo PP y Vox, la mayoría de los grupos están de acuerdo con que España cuente cuanto antes con el «derecho a morir».
Dos modalidades: eutanasia y suicidio asistido
La nueva norma admitirá la «prestación de ayuda a morir» en dos modalidades. La eutanasia, como «administración directa al paciente de una sustancia por parte del profesional sanitario competente» y el suicidio asistido : «la prescripción o suministro al paciente por parte del profesional sanitario de una sustancia, de manera que esta se la pueda autoadministrar, ya sea en el propio centro sanitario on en su domicilio, para causar su propia muerte».
A domicilio
De salir adelante las enmiendas, la «prestación del derecho a morir» se podrá realizar en «el domicilio particular» . Algunos grupos parlamentarios como Más País, habián pedido que por el concepto domicilio «se entendieran también las residencias geriátricas o sociosanitarias si la persona está ingresada de manera continuada», pero la enmienda ha sido rechazada por PSOE-Podemos.
Se aplicará no solo a enfermos terminales
Tal como pretenden los partidos del Gobierno de caolición y varios de sus socios, la eutanasia y el suicidio asistido se aplicará no solo a los enfermos «incurables», sino también a aquellas personas que sufren «un padecimiento, grave, crónico e imposibilitante».
Comisión de «garantía» no de «control»
Las Comisiones que velarán porque se cumplan los requisitos para la aplicación de la eutanasia o el suicidio asistido serán de «Garantía» y no de «Control»
Bastará con un año empadronamiento
Entre los requisitos, el actual articulado de la ley subraya: ser mayor de edad y tener la nacionalidad española o residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses.
Hay que prestar un consentimiento informado
Además habrá que prestar un «consentimiento informado» para poder acceder a la eutanasia. No todos los grupos parlamentarios están de acuerdo en la utilización de esta fórmula, ya consideran que «no se debe considerar la eutanasia como un tratamiento médico y, por tanto, no debe recibir la consideración de un tratamiento indicado por el personal médico» . «La petición de eutanasia es una solicitud personal de ayuda a morir expresa e innequívoca», señala, por ejemplo, Bildu.
Dos solicitudes o «testamento vital»
Para poder acceder a la eutanasia el paciente deberá presentar dos solicitudes con una disferencia de quince días. Pero este requisito no será necesario en el caso de no encontrarse en pleno uso de sus facultades. En esas situaciones, bastará con contar con un documento de instrucciones previas, voluntades anticipadas, testamento vital o documento legalmente equivalente . En el caso de haber nombrado representantes en ese documento será el interlocutor válido para el médico responsable.
El médico podrá pedir la eutanasia
En aquellos casos en los que el paciente «no se encuentre en pleno uso de sus facultades», podrá ser «el médico» el que presente la solicitud de eutanasia a través «del testamento vital o de un documento equivalente legalmente» suscrito por el enfermo con anterioridad. Así lo propone una enmienda transaccional de PSOE, Podemos, Ciudadanos, Más País y ERC sobre los requisitos que debe reunir «la solicitud de prestación de ayuda para morir».
El texto original del PSOE planteaba para esos casos que ese documento fuera presentado «por una persona mayor de edad plenamente capaz» sin hacer referencia a ningún vínculo concreto con el paciente (familiar, amigo, conocido) . La nueva enmienda, que según ha podido saber ABC ha sido incluida en el texto provisional de la nueva norma, añade ahora esa potestad también al médico.
Testamento vital o «documento equivalente»
Permitirá que se practique la eutanasia a un paciente que pese a encontrarse en una situación incapacitante «haya dejado por escrito con anterioridad un documento de instrucciones previas, voluntades anticipadas, testmamento vital o documento equivalente». En este caso la ley prevé que «se podrá facilitar la prestación de ayuda a morir conforme a lo dispuesto en dicho documento». El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado esta enmienda a su propia proposición de ley de la mano de Podemos.
Algunos grupos parlamentarios, como ERC, piden la retirada «de los documentos equivalentes», ya que se trata un «concepto jurídico indeterminado». Apuntan que el instrumento «más idóneo y más adecuado para la seguridad jurídica» es el de «instrucciones previas», desarrollado por la ley de autonomía del paciente (41/2002), y que regula los requisitos específicosu forma a lo establecido en las legislaciones autonómicas al respecto.
Otra persona puede firmar la solicitud
En el caso de que «por su situación personal o condición de salud no le fuera posible», otra persona «podrá firmar y fechar la solicitud en presencia del paciente y del médico responsable». Dicha persona ha de mencionar el hecho de que quien demanda la prestación de ayuda para morir «no se encuentra en condiciones de firmar el documento e indicar las razones».
En centros públicos y privados
La eutanasia o el suicidio asistido podrá aplicarse en los centros, públicos, concertados y privados y también en el domicilio particular. Algunos grupos parlamentarios, como ERC, proponen que esta prestación solo se realice en centros públicos para evitar «lo que podríamos denominar la privatización de la muerte».
Registro de médicos objetores
Al reconocer el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario, la ley ordena a las administraciones sanitarias la creación de un «Registro de profesionales sanitarios objetores de conciencia a realizar la ayuda para morir, en el que se inscribirán las declaraciones de objeción de conciencia para la realización de la misma y que tendrá por objeto facilitar la necesaria información a la administración sanitaria para que esta pueda garantizar una adecuada gestión de la prestación de ayuda para morir».
Será considerado muerte natural
La muerte producida derivada de la prestación de ayuda para morir tendrá la consideración legal de muerte natural a todos los efectos, independientemente de la codificación realizada en la misma.
Tendrá un efecto retroactivo
El Gobierno de coalición pretende también que esta nueva ley tenga además carácter retroactivo, al proponer una disposición transitoria en el que se deja claro que «estará exento de pena quien esté siendo investigado, o haya sido procesado o sentenciado, por hechos ocurridos antes de la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia por el delito previsto en el artículo 143.4 del Código Penal, siempre que la persona fallecida reuniera los requisitos previstos» en la ley. Entre ellos, que conste «de manera inequívoca su voluntad expresa de poner fin a su vida».
El Gobierno no sólo plantea que la ley tenga efectos jurídicos antes de su entrada en vigor sino que además solicita a los tribunales que ya hayan dictado sentencia, que «revisen de oficio sus fallos firmes condenatorios con anterioridad a la entrada en vigor de la norma y en las que el penado se encuentre cumpliendo efectivamente la pena».
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