El cambio en el subsidio por desempleo de 480 euros que llega a partir de 2024: ¿a quiénes afecta y cuáles serán los requisitos?
La reforma implica cuantía mayores y beneficiará a un mayor número de desempleados
El paso imprescindible que tienes que hacer antes de solicitar una prestación o subsidio por desempleo en el SEPE
¿Pueden cobrar el subsidio por desempleo varios miembros de la misma unidad familiar a la vez?
Sevilla
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Iniciar sesiónLos desempleados que no cumplen el requisito de haber trabajado y cotizado, al menos, 360 días para tener derecho a paro, sí tienen por lo menos la opción de beneficiarse de un subsidio por desempleo. Esta es otra de las prestaciones que ofrece ... el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), dirigida esta a quienes han trabajado menos de un año. Con respecto a estos subsidios, su duración dependerá del número de meses cotizados y de si se tienen o no responsabilidades familiares. Ahora bien, tras el acuerdo alcanzado a finales entre los ministerios de Economía y Trabajo, se establecen en este 2024 una serie de cambios.
El BOE recoge esta reforma que mencionamos. En concreto, viene estipulada en el Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes, para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, y para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.
¿A quiénes afecta el cambio en el subsidio por desempleo?
La cuantía del subsidio por desempleo era igual al 80 % del IPREM; es decir, 480 €. Sin embargo, tras la reforma, la cantidad a percibir se modificaría en algunos casos. Esta novedad en la cuantía, eso sí, afectaría a quienes agoten el paro a partir del 30 de abril de 2024 o a quienes soliciten el subsidio por desempleo a partir del mes de junio, que es cuando entra en vigor la reforma. Para todos esos beneficiarios, durante los primeros seis meses de la prestación, la cuantía será de 570 €; los siguientes seis meses, de 540 € y, para el resto de duración de la prestación, se volvería a los 480 € actuales. En cualquier caso, si el IPREM sufre alguna modificación durante este año, repercutirá en estas tres cantidades mencionadas.
Asimismo, hay otros perfiles que deben mencionarse tras la aprobación de esta reforma, pues resultan también beneficiados por los cambios que se dan en el subsidio por desempleo. Estos son los menores de 45 años sin cargas familiares que han agotado el paro y los mayores de 52 con cargas familiares cuyo núcleo sume sume rentas por encima del umbral, quienes no estaban reconocidos en el texto anterior.
¿Cuáles serán los requisitos para beneficiarse de este cambio en el subsidio por desempleo?
Algunos de los requisitos básicos que ya estaban contemplados para percibir este subsidio por desempleo se mantienen, como es el hecho de no tener ingresos superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de forma individual. Tampoco pueden superar esa cantidad todas las personas que compongan la unidad familiar, en el caso de acreditar cargas familiares. Asimismo, como se puede deducir por lo dicho en párrafos anteriores, una condición para beneficiarse de los cambios que trae esta reforma es que el subsidio sea de nuevo reconocimiento, ya que no afecta a los que ya están en marcha.
Por otra parte, un nuevo requisito tiene que ver con el período de cotización, que ahora pasa a ser de tres meses como mínimo, se tengan o no cargas familiares, para percibir el subsidio durante ese tiempo. La condición sería la misma para quienes hayan cotizado cuatro y cinco meses, mientras que a partir de los seis hay que diferenciar entre los que no tengan responsabilidades familiares (la duración sería también de seis meses) y los que sí (en este caso, la duración sería de 21 meses). Ahora bien, quienes accedan al subsidio por desempleo tras haber agotado el paro y tengan cargas familiares, podrán hacerlo durante 24 o 30 meses, dependiendo de si la duración de su prestación anterior fue de 120 o 180 días, respectivamente.
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