Se libra de la cárcel tras reconocer la violación de una joven después de salir de una discoteca de Sevilla
El acusado, de 20 años, admite haber agredido sexualmente a la víctima en el portal de su casa pero sale en libertad provisional tras cumplir casi un año gracias a un acuerdo entre las partes
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Condenado por abusar sexualmente de su prima en las clases de inglés que ella le daba en la vivienda que compartía con su novia en Sevilla
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Iniciar sesiónLa Audiencia de Sevilla ha condenado a un joven de 20 años de edad por un delito de agresión sexual y otro de lesiones leves cometido sobre una mujer con la que coincidió en una discoteca, una condena que incluye la decisión de poner ... en libertad al encartado, después de que el mismo haya pasado casi un año en prisión provisional. La clave para lo paradójico de la sentencia reside, una vez más, en el acuerdo de conformidad alcanzado entre la acusación particular ejercida por la víctima, la Fiscalía y la defensa del inculpado, que ha reconocido los hechos y que aunque queda en libertad, loo hace de manera provisional y a condición de no volver a delinquir en los próximos cinco años.
En concreto, en esta sentencia emitida el pasado 9 de septiembre por la Sección Tercera de la Audiencia y recogida por ABC, el tribunal declara probado, por expreso reconocimiento del acusado, un joven de 20 años de nacionalidad mexicana e identificado como Luo I.L.G.R., que los hechos admitidos por el mismo ocurrieron sobre las 06.30 horas de la madrugada del 21 de septiembre de 2024.
A esa hora, según el relato de hechos probados admitido por el acusado, el mismo coincidió con la joven víctima de los hechos en una discoteca de Sevilla capital, «acordando ambos volver a casa compartiendo un Uber en compañía de otra amiga».
Al llegar a la calle donde reside la mujer, según la sentencia, «el acusado la acompañó hasta el portal, abalanzándose en un momento dado sobre ella, tratando de besarla en los labios, a lo que ella se negó, pidiendo que la dejara». Pero según el relato de hechos probados que ha reconocido el inculpado, el mismo agarró a la joven por el cuello y la «acorraló contra la pared», tras lo cual se bajó los pantalones y la ropa interior, mostrando sus genitales a la víctima, a la que agredió sexualmente con sus manos, ocasionándole lesiones.
El tribunal reconoce que en el momento de los hechos, el autor confeso de los mismos «había consumido gran cantidad de bebidas alcohólicas que disminuían de forma leve sus facultades psíquicas e intelectivas»; detallando que este fue detenido el propio día 21 de septiembre de 2024 y a la jornada siguiente, fue decretado su ingreso en prisión provisional, medida mantenida hasta el día del juicio.
A partir de ahí, tras declarar el «reconocimiento explícito» del acusado, el tribunal, merced al acuerdo de conformidad alcanzado entre las partes, condena a Luo I.L.G.R. a dos años de prisión por un delito de agresión sexual, partiendo de la base de que estaba preso desde el 21 de septiembre de 2024, o sea desde casi un año antes de la fecha de celebración del juicio y la emisión de la sentencia.
También le impone la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella durante cinco años y le condena además por un delito leve de lesiones, a pagar una multa de 900 euros y a la obligación de abonar una indemnización de 4.500 euros, previamente satisfecha por la representación del encartado.
Y tras pedir la defensa del condenado la suspensión de su pena de dos años de cárcel, merced al artículo 80 del Código Penal, que regula tal posibilidad en función de condiciones como que la pena no sea superior a los dos años, la ausencia de condenas previas o que hayan sido satisfechas las responsabilidades civiles; la Sección Tercera de la Audiencia ha accedido a la suspensión provisional de su privación de libertad.
Después de que tanto la acusación particular como la Fiscalía informasen favorablemente a esta petición de la defensa de suspensión provisional de la pena de cárcel, el tribunal acuerda en su sentencia tal medida, siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un periodo de cinco años, decretando expresamente la libertad provisional de Luo I.L.G.R. con mandamiento al centro penitenciario para su liberación en los términos ya descritos.
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