El Constitucional sentencia que se vulneraron derechos en el caso Erial por el que Zaplana está imputado
El fallo del Constitucional, determinante para el resto de implicados para los que se acordó prisión provisional
Las últimas encuestas electorales vaticinan que el PP gobernará en las ciudades de Valencia y Alicante y dejan la Generalitat en el aire
S.E.
Madrid
El Tribunal Constitucional concluye que se vulneraron derechos fundamentales de Francisco Grau, asesor fiscal del exministro Eduardo Zaplana, mientras estuvo en prisión provisional por el caso Erial: su derecho a la libertad personal y de defensa, porque no pudo tener acceso a ... información «esencial» para defenderse.
El Tribunal de Garantías estima así el recurso de amparo presentado por su abogado y declara nulo el auto por por el que se le denegó el acceso a actuaciones esenciales para pelear su puesta en libertad. El fallo, del que ha sido ponente el exministro de Justicia del PSOE Juan Carlos Campo, podría ser determinante no solo para el presunto cerebro financiero del caso Erial, sino también para otros imputados, como el mismo Zaplana.
En concreto el Tribunal Constitucional anula dos autos: el que dictó el Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia en enero de 2019 por el que se le impidió acceder a las actuaciones del caso Erial, y el de la Audiencia Provincial que tras el recurso presentado por Grau confirmó la decisión de la magistrada de primera instancia.
Caso Erial: las claves de la causa en la que está procesado Eduardo Zaplana
José Luis FernándezEl exministro y expresidente de la Generalitat Valenciana reaparece en una entrevista televisiva para defender su inocencia mientras la Fiscalía reclama para él una pena de 19 años de prisión
En su recurso, el considerado cerebro financiero de Zaplana, relata la sucesión de hechos. Tras ser detenido el 22 de mayo de 2018 fue puesto a disposición judicial y de ahí se acordó su prisión provisional comunicada y sin fianza. La investigación estaba bajo secreto, por lo que el contenido del auto explicando los motivos de su encarcelamiento se le notificaron «parcialmente ( ...) al suprimirse el fundamento jurídico segundo en el que se explicitaba la participación del autor en los hechos y los indicios en que se sustentaba la medida». Un mes después, la decisión fue confirmada por la Audiencia Provincial de Valencia, «sin reparar la lesión», dice la sentencia a la que ha tenido acceso ABC.
Con posterioridad, el abogado de Grau solicitó hasta en tres ocasiones su puesta en libertad, recibiendo siempre un 'no' por respuesta. Además no se le permitió conocer la totalidad de la causa: «Ni en el momento inicial de solicitud de la medida cautelar de prisión ni en ninguna de las posteriores peticiones de puesta en libertad se permitió acceder a las actuaciones para impugnar la legalidad de la prisión preventiva».
Sin opción de defensa
Es por ello que el tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido aprecia que no se han respetado garantías legales, como el acceso a elementos clave de las actuaciones «imprescindible para una defensa frente a la privación cautelar de libertad». De esta manera «ni el recurrente ni su letrado han tenido oportunidad (...) para alegar eficazmente sobre legalidad de su mantenimiento ante el juez instructor o al formular el recurso de apelación», recoge la sentencia. «Se ha vulnerado el derecho a la libertad personal por mantenerse la prisión sin -observancia de la forma prevista en el ordenamiento y el derecho de defensa por falta del debido acceso», argumenta.
Teniendo en cuenta además el contexto en el que se encontraban los imputados del caso Erial y que estaban en prisión provisional, según el TC se debería haber facilitado acceso a material de la causa a efectos de «garantizar la posibilidad de defenderse frente a la privación cautelar de libertad en igualdad de armas.
Por el contrario, «una estricta limitación temporal de la activación del derecho de acceso vinculado a una medida cautelar privativa de libertad desconoce la aspiración última de las reformas legales en este punto, que no es otra que promover el derecho a la libertad y el derecho de defensa».
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete