Apuntes al margen
Operación dejar de pagar
El Ayuntamiento de Córdoba tiene menos margen del que parece en el concurso de usos del estadio
El equilibrio económico, la clave para el éxito de la cesión del estadio del Córdoba CF
El concesionario del Arcángel tendrá cuatro años para empezar las obras de la tribuna
El alcalde de Córdoba, José María Bellido, ha anunciado que este lunes se pondrá en marcha en la Junta de Gobierno la concesión demanial del sistema general del Arcángel, el estadio en el que la ciudad de Córdoba ha invertido unos 80 millones de ... euros y que, a día de hoy, tiene una tasación de unos 33 millones. En contra de lo que parece, el Ayuntamiento tiene un margen de maniobra muy estrecho por razones urbanísticas y legales que se basan en lo siguiente. Dos puntos: el estadio no puede dejar de ser de propiedad pública aunque se juegue con su gestión.
En condiciones normales, los sistemas generales (equipamientos de impacto para toda la ciudad) son de propiedad y gestión pública. Esa es la razón por la que no hay parques privados o avenidas que sean propiedad de una empresa o una comunidad de vecinos. Existen casos raros como el Parque Logístico donde se permitió vender terrenos pero modificando una norma superior, autonómica.
El Plan General de Córdoba es tremendamente ambiguo. Por un lado, sostiene que los sistemas generales y locales (de alcance más reducido) han de ser de titularidad y gestión pública. También dice, en un alarde de coherencia, que los particulares pueden acceder a concesiones administrativas en suelos dotacionales cuando el uso que desarrollan es compatible con la función pública que todo sistema general ha de desarrollar. Es lo que ha permitido que terrenos municipales se destinen a colegios concertados y guarderías de propiedad privada. Una cosa y la contraria son posibles, sí.
La clave en este caso estriba en la sentencia judicial que permitió al Mallorca acceder a la gestión del estadio de Son Moix, donde acaba de establecerse una prórroga de hasta 25 años en la presencia del equipo. El tribunal valoró si un sistema general, como lo es el Arcángel, podía estar, desde el punto de vista de la gestión, en manos de una empresa privada. Y reflexionó es que, así de primeras, lo que no debería es ser sistema general. Entendía que lo propicio era un encaje más benévolo para este tipo de operaciones de externalización. Cagada que se ha reproducido en Córdoba.
Pero el juzgado estableció un elemento reseñable. Ya que los estadios de fútbol sirven para jugar al fútbol, lo lógico es que los mantengan los equipos de fútbol que son los que, al final, disfrutan de los potenciales beneficios de su actividad. En esa ocasión, se apeló al interés general para que la administración cedente dejase de gastar dinero en un agujero negro de pasta. Argumento utilitario pero argumento al fin y al cabo.
¿Dice la sentencia de Son Moix que el equipo concesionario puede hacer lo que le venga en gana? No. Y generó las normas que han de regir en esta situación. Dijo que el equipo concesionario tiene que pagar un canon, hacerse cargo del mantenimiento, realizar obras, tener un uso no excluyente y reservar fechas para el uso público de la Administración que no puede dejar de ser propietaria del espacio mientras éste tenga la calificación legal de sistema general. Advertencia para aventureros: modificar el Plan General de Ordenación Urbana para retirar esta consideración es algo muy complejo.
El Ayuntamiento de Córdoba, lo gobierne quien lo gobierne, tiene un estrecho carril por el que puede circular en este caso. A expensas de que se descorchen las tripas de la operación (en concreto, los informes legales, urbanísticos y de Intervención) no se pueden hacer experimentos con esta gaseosa en concreto. Lo importante, así como lo reconoció el juez de Son Moix, es dejar de gastar dinero público y que empiece a pagarlo otro. En el caso de que quiera. Que esa es otra.
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