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La Ley del 'Sólo sí es sí' obliga a la Audiencia Provincial de Córdoba a sacar de prisión a dos agresores sexuales que cumplían condena
Sánchez Zamorano asegura que de 32 ejecutorias objeto de revisión se han reducido penas en 11 casos, con rebajas desde 2 años a meses de cárcel
Cinco fiscales se encargarán en Córdoba de la revisión de condenas afectadas por la ley del 'solo sí es sí'
La Audiencia de Córdoba revisará 50 casos de condenados por agresión sexual tras la ley del 'solo sí es sí'
Córdoba
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Iniciar sesiónLa ley del ‘solo sí es sí’ ha obligado a la Audiencia Provincial de Córdoba a dejar en libertad de forma inminente a dos condenados por agresiones sexuales, uno de ellos ha salido esta misma tarde «y ya está en la calle», según informaron fuentes ... judiciales a ABC. Ambos cumplían elevadas penas en prisión al serle más beneficioso la aplicación del nuevo texto legal propuesto por el Gobierno y aprobado por las Cortes.
El presidente de la Audiencia de Córdoba, Francisco Sánchez Zamorano, ha explicado en un comunicado tras una reunión este viernes con los 12 magistrados de las tres Secciones de este tribunal cuáles son las causas que van a revisar con la puesta en marcha de esta Ley de garantía integral de la libertad sexual, conocida como las Ley del 'solo sí es sí'.
En este comunicado, Sánchez Zamorano ha manifestado que «los magistrados de las Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Córdoba han celebrado en la mañana de hoy reunión para unificar criterios y decidir a la luz de la reforma operada en el Código Penal por Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, si procede o no rebajar algunas penas impuestas por delitos contra la libertad sexual«.
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De esta forma, prosigue el presidente de la Audiencia, «una vez que han sido oídas las partes personadas en las diversos procedimientos se han dado respuesta a 32 de estos (ejecutorias), de las cuales se han revisado 11 condenas en aplicación de la legislación penal más favorable para el reo, que han supuesto las correspondientes rebajas de penas privativas de libertad a los penados que se hallan cumpliendo condena«.
En dos de ellas se han rebajado dos años a cada penado, en otras 1 año, y en algunas otras varios meses. Este hecho ha permitido, según ha podido constatar ABC, que se revise la condena en dos ejecutorias con presos y se proceda en cada caso a dictar su puesta en libertad de forma inminente.
En cualquier caso, Sánchez Zamorano ha recordado que «aún quedan ejecutorias pendientes del periodo de alegaciones de las partes».
La Audiencia Provincial de Córdoba, como ya avanzó ABC, comenzó a finales de noviembre a seleccionar las causas que podrían ser suceptibles de revisar de oficio y entonces ascendían en torno a medio centenar de sentencias por delitos de agresión sexual que se podrían beneficiar de la ley de 'solo sí es sí' de acuerdo con la aplicación de la retroactividad de la ley penal más favorable consagrado en el artículo 2.2 del Código Penal, según han informado a ABC fuentes judiciales.
Los casos correspondían a 26 causas enjuiciadas por la sección Tercera de la Audiencia provincial y, de otro lado, otras 24 de la sección Segunda del mismo tribunal de segunda instancia en un proceso penal y una causa de la Sección Primera -ahora Civil pero que colgaba de una etapa anterior con asuntos penales-. Dentro de este medio centenar de casos que han puesto sobre la mesa jueces y fiscales para su revsión casi una decena correspondían a recursos interpuestos ya por abogados de estos agresores sexuales, según han confirmado a ABC estas mismas fuentes.
Por su parte, la Fiscalía de Córdoba que ha creado un grupo de trabajo con cinco representantes del Ministerio Público para revisar estos casos susceptibles de beneficiarse de esta ley del 'sólo sí es sí' ha confirmado a ABC que hasta este pasado lunes son 37 causas sobre las que ha informado y en sólo uno de estos casos han solicitado su revisión.
Decreto de la Fiscalía General del Estado
Fuentes judiciales recordaban por su parte que «no está tan clara la posición del Ministerio Público» pese a que salió al rescate del Gobierno el Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, con un decreto que venia a unificar criterios para que todos los fiscales actúen de la misma forma ante la petición de revisión de condenas tras la aprobación de la ley del 'solo sí es sí'.
El decreto no deja totalmente claro este posicionamiento, según explican estas fuentes judiciales de la Audiencia Provincial de Córdoba, y en cualquier caso son los jueces, como han hecho este viernes, los que deciden si aplican en cada caso esta revisión de las penas de acuerdo con el nuevo texto legal.
Este decreto del Ministerio Público, que cuenta con el acuerdo y las aportaciones de la Teniente Fiscal del Tribunal Supremo y los Fiscales de Sala Jefes de la Sección Penal del Tribunal Supremo y ante el Tribunal Constitucional, establecía a grandes rasgos que «no se revisarán las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma», como ya ha publicado ABC.
Es decir, la revisión sólo procederá cuando la pena efectivamente impuesta exceda en abstracto de la que correspondería imponer en aplicación de los preceptos de la nueva legislación penal.
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