Cómo y cuándo se puede subir el alquiler de una vivienda con la limitación extraordinaria actual
El Gobierno ha prorrogado la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta hasta el 31 de diciembre de 2022
De esta manera, los caseros no pueden aplicar el IPC para subir la renta de un contrato de vivienda
C.B.
Con el IPC una vez más disparado y sin previsión de que la tendencia vaya a cambiar, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado un nuevo paquete de medidas hasta el 31 de diciembre para hacer frente al alza de la inflación. ... Una de ellas es la prórroga la limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta.
De esta manera, no se puede hacer uso del IPC para subir el precio del alquiler y no podrá superar el resultado de aplicar la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, que ofrece una evolución más estable.
Prórroga del tope a la subida de los alquileres
El pasado 29 de marzo el Gobierno limitó la subida de alquileres con un Real Decreto que desvinculaba del IPC la renovación anual de los contratos del alquiler.
Esta normativa establece una distinción entre grandes tenedores, que tendrán que aplicar como máximo una subida de las rentas del 2%, y los pequeños propietarios, que sí podrán renegociar con sus inquilinos subidas por encima de ese porcentaje cuando se cumpla el contrato.
En todo caso, de no llegar a un acuerdo, el arrendador solo puede aplicar ese 2% de incremento en la renta del alquiler.
La norma inicialmente prevista hasta el 30 de junio de 2022 y ampliada la medida luego hasta el 31 de diciembre de 2022, señala que la actualización de la renta no podrá superar lo marcado por el Índice de Garantía de la Competitividad (IGC).
El último IGC publicado por el INE es de febrero de 2022 y estaba en el 2,75%. Pero la normativa de este índice establece unos límites por arriba y por debajo, de modo que el índice nunca puede ser inferior al 0% ni superior al 2%. Por lo que cuando el IGC supere el 2%, se toma como valor de referencia el 2%.
Inflación desmedida
Desde que estalló la Guerra en Ucrania, el IPC se ha disparado hasta alcanzar en este mes de junio el 10,2% . Sin embargo, este nuevo decreto que amplía las medidas hasta el 31 de diciembre ha tenido como referencia el último dato del IPC de abril, que alcanzó una tasa del 8,3%.
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En este sentido, el BOE señala que esto «justifica la extraordinaria y urgente necesidad de adoptar medidas para evitar un desproporcionado incremento en la renta de estos contratos, al introducir el referido índice determinados factores que responden a la situación internacional y que son ajenos al ámbito del arrendamiento de vivienda».
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