La posible compatibilidad o no entre diferentes prestaciones y subsidios es una duda permamente entre muchos usuarios, especialmente cuando no se está trabajando, sino cobrando el subsidio por desempleo, y se empieza a ser beneficiario de otra pensión como la de viudedad.
Si ... a una persona se le aprueba la pensión de viudedad mientras cobra el paro, lo primero que debe hacer es comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuál es la cuantía de la misma. Podrá seguir percibiendo el subsidio si el importe mensual de la pensión, incluido el prorrateo de pagas extraordinarias, no llega al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI).
Esto significa que, en la actualidad, con un SMI de 1.000 euros, si la pensión de viudedad es inferior a 750 euros al mes, el usuario podrá recibir ambas prestaciones. Si obtiene rentas por otros conceptos, se sumarán a la pensión.
Cuidado con el complemento de mínimos
En el caso de que la pensión de viudedad sea superior a la cantidad ya mencionada por recibir el complemento de mínimos, pero si no se tiene en cuenta no, podrán compatibilizarse la pensión de viudedad y el subsidio por desempleo. No obstante, para ello habrá que renunciar al complemento de mínimos ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Mientras se mantenga la renuncia a dicho complemento durante la percepción del subsidio por desempleo, este no se tendrá en cuenta para determinar el requisito de carencia de rentas individuales.
Por otra parte, quienes continúen cobrando el paro porque no han comunicado su situación de pensionista de viudedad y sus rentas superan el límite del 75 % del SMI pueden meterse en un lío. Tanto es así, que, en cuanto se descubra, se considerará infracción grave, lo cual podría suponer una sanción de pérdida del subsidio.
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