Sentencia de las mordidas de Fitonovo en el Ayuntamiento de Sevilla: absuelven a PSOE e IU como beneficiarios

El tribunal admite que la empresa pagó facturas de las obras en la sede de la Agrupación de la Macarena pero desliga al PSOE de las actuaciones delictivas de los empresarios y algunos dirigentes del partido

Un asesor de Antonio Rodrigo Torrijos recibió 155.000 euros de los dirigentes de Fitonovo pero no queda acreditado que ese dinero fuera a las arcas de la coalición de izquierdas

Antonio Rodrigo Torrijos, preso de su victimismo

Los abogados de Izquierda Unida y PSOE en el juicio en la Audiencia Nacional EFE

El juicio por las mordidas de los empresarios de Fitonovo a funcionarios y políticos en el Ayuntamiento de Sevilla ya tiene sentencia. La vista oral en la Audiencia Nacional estuvo marcada por el acuerdo alcanzado entre la Fiscalía y algunos de los ... principales acusados, entre ellos los exasesores del PSOE e Izquierda Unida, que admitieron los regalos a cambio de favorecer la contratación pública para esta empresa; y por la retirada de la acusación del Ministerio Público al que fuera teniente de alcalde de Sevilla y líder de IU Antonio Rodrigo Torrijos. Pero aún quedaban cuestiones por resolver y este martes se ha conocido la decisión de los magistrados, que han acordado absolver al Partido Socialista Obrero Español y a Izquierda Unida como partícipes a título lucrativo.

Y ello a pesar de que en los hechos probados se recoja que Fitonovo pagó facturas por importe de 6.839 euros por las obras de reforma en la sede de la Agrupación Socialista Macarena, aunque desliga estos hechos del propio partido y sí lo vincula con la actuación delictiva de los empresarios y los concejales y militantes socialistas Domingo Enrique Castaño y Manuel Gómez Lobo.

De otro lado, también se reconoce que Fitonovo pagó 155.000 euros a un asesor de Rodrigo Torrijos en el Ayuntamiento de Sevilla y parte de ese dinero fue en efectivo y entregado en una caja de zapatos, pero «no ha quedado acreditado» que ese dinero fuese a parar a las arcas de la coalición de izquierda para sufragar la campaña electoral en las municipales de 2011.

Las condenas

En una sentencia de 253 páginas y a la que ha tenido acceso este periódico, el tribunal, como era ya era conocido, condena a Francisco Amores Carredano, jefe de Sección de Conservación Mantenimiento del Servicio de Parques y Jardines; Manuel Gómez Lobo, concejal de Vía Pública y dirigente socialista; Domingo Enrique Castaño Gallego, director de Vía Pública y asesor del entonces alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín; y Francisco Luis Huertas Rodríguez, jefe de obras del Servicio de Parques y Jardines, como autores de un delito continuado de cohecho cometido por funcionario público, con la concurrencia de las atenuantes de confesión tardía, y dilaciones indebidas, a las penas para cada uno de ellos, de nueve meses de prisión, multa de diez meses con una cuota diaria de seis euros, quedando absorbida en esta la pena prevista para el delito de tráfico de influencias asimismo cometido por funcionario público.

Igualmente, condena Manuel Pineda, capataz de Jardinería del Servicio de Parques y Jardines del Ayuntamiento de Sevilla, por un delito de cohecho cometido por funcionario público a la pena de seis meses de prisión y multa de dos meses con una cuota diaria de seis euros; a Juan José López Collado, responsable de la ejecución de las obras del Parque Guadaira, por un delito de cohecho cometido a seis meses de prisión y multa de dos meses con una cuota diaria de seis euros; y a Antonio Miguel Ruiz Carmona, asesor en Izquierda Unida en una de las áreas de competencia de Rodrigo Torrijos en el gobierno de Sánchez Monteseirín, por otro delito de cohecho cometido por particular a seis meses de prisión y multa de dos meses con una cuota diaria de seis euros.

La Audiencia Nacional también condena a los empresarios Juan Antonio Salas Romero de la Osa y a Alfonso Lozano Pastrana por un delito de tráfico de influencias cometido por particular a dos mese de cárcel y siete días de prisión y multa de 1.000 euros.

Las absoluciones

En dicha sentencia, absuelve a los exconcejales y exdirigentes de IU en Sevilla Antonio Rodrigo Torrijos y José Manuel García, al haber retirado la Fiscalía su acusación. También ha resultado absuelto el exconcejal del PP Joaquín Peña. Estos tres fueron los únicos que no se acogieron al acuerdo con la Fiscalía al inicio del juicio.

En la sentencia el tribunal explica que la decisión de absolver a IU y PSOE como partícipes a título lucrativo, después de rechazar que estos hechos estuvieran prescritos y la falta de legitimidad de la Fiscalía para acusar a los dos partidos, como solicitó el abogado del PSOE en el caso, el exministro Antonio Camacho.

Las obras de la Macarena

Está acreditado que Fitonovo pagó las obras de la sede del PSOE en la Macarena por casi siete mil euros y que facturó a la empresa Klevin S.L. Y lo hizo por influencia de Castaño y Gómez Lobo, ambos militantes socialistas. Dice la Audiencia Nacional que ninguno dijo nada en el juicio sobre estas obras. No se les preguntó al respecto, pues al acogerse a un acuerdo con la Fiscalía admitieron los términos del mismo y se acabó.

Según la sentencia, «no se ha acreditado enriquecimiento injusto de la citada formación política, más allá de la reforma realizada en dicha sede, siendo así que el origen del dinero procedente de comisiones ilegales a funcionarios del Ayuntamiento de Sevilla, que no guarda relación alguna con el Partido Socialista Obrero Español, ya que ninguna actuación delictiva se ha llevado a cabo en nombre de aquél o en su seno, sino a título particular, por una serie de sujetos con aquél relacionados, que han propiciado un mero enriquecimiento personal, a través de dichas comisiones a las que Fitonovo hacia frente para asegurarse la adjudicación de la contratación pública en el Ayuntamiento de Sevilla».

«El Partido Socialista Obrero Español, insistimos, no ha sido participe de ningún enriquecimiento injusto, ya que este en todo caso se habría llevado a cabo por el propio autor del delito, Fitonovo y los funcionarios públicos vinculados al citado partido», condenados en este caso por recibir dádivas y enriquecerse personalmente. «En ningún caso actuaban en nombre del citado partido».

«No se ha acreditado debidamente en el plenario, esa supuesta relación de los acusados Enrique Castaño Gallego y Manuel Gómez Lobo con la Agrupación Socialista Macarena, más allá de su militancia, así como si aquellas eran las personas autorizadas para decidir la realización de las obras de reforma, o si por el contrario, contaban con la debida autorización para ello», insiste el tribunal.

Y aclara que el Código Penal exige la participación de los efectos del delito, debiendo concurrir la percepción del dinero procedente del delito precedente. «En el caso que nos ocupa, el conocimiento de la procedencia ilícita del dinero, no va más allá, de ese concierto establecido para la facturación y pago por parte de los acusados con Fitonovo y que no puede encuadrarse en un ámbito distinto del pacto criminal existente entre ellos con los directivos de la citada mercantil, que en definitiva, propiciaban el pago de comisiones a funcionarios públicos del Ayuntamiento de Sevilla».

En la causa consta un cheque del PSOE por importe de 1.2966 euros, de fecha 18 de julio de 2005, para abonar a Klevin, S.L. las obras.

La caja de zapatos

«En definitiva, no se puede condenar al Partido Socialista Obrero Español, como partícipe a título lucrativo, por un supuesto enriquecimiento ilícito propiciado por unos sujetos vinculados al mismo, partícipes de un proyecto criminal mucho más amplio, y que con esta operación, de ejecución de unas obras de reforma en la Agrupación Socialista Macarena, no perseguían sino mantener su propia esfera de influencia sobre Fitonovo y sus directivos, a fin de que estos continuasen con el pago de suculentas dadivas de todo tipo, a cambio de adjudicaciones de obra pública en el Ayuntamiento de Sevilla, como así sucedió».

En relación a Izquierda Unida y el cobro de 155.000 euros, 70.000 euros de ellos en una caja de zapatos, por parte de uno de sus asesores, el tribunal señala que el acusado Antonio Miguel Ruiz Carmona reconoció estos hechos, pero no contestó a las preguntas de las partes, no quedando por tanto acreditado cual fue el destino real de ese dinero, ni, por tanto, si el mismo llegó o no a las arcas de Izquierda Unida, supuestamente para financiar su campaña electoral de ese mismo año 2011.

«Tampoco se ha acreditado una especial relación de este acusado con la citada formación política, más allá de la mera militancia, y menos aún, que en el seno de aquella tuviera capacidad de decisión alguna en relación con las finanzas y la economía de la misma, por lo que no es descartable una actuación a título particular, y en beneficio propio, con un evidente ánimo de enriquecimiento económico personal, utilizando para ello esa supuesta relación con Izquierda Unida, y con algunos de los concejales de esa formación que en ese momento, en el Ayuntamiento de Sevilla, ejercían labores de gobierno en coalición con el Partido Socialista Obrero Español», explica la Audiencia Nacional.

Ver comentarios