¿Por qué las elecciones municipales siempre caen en mayo?

La fecha de estos comicios locales es, por ley, inamovible en nuestro país

Once candidaturas se presentan a las elecciones municipales del 28M a la Alcaldía de Sevilla

De los 11 partidos políticos que se presentan en Sevilla el 28M, sólo 4 o 5 optan a un acta de edil

Imagen de archivo de una mesa electoral ABC

Á. G.

Sevilla

Queda justo un mes para que se celebren las elecciones municipales. El ambiente es de campaña electoral, haciéndose cada vez más palpable a medida que se acerca la fecha de estos comicios. Los partidos políticos intensifican estas campañas y los ciudadanos comienzan ... a pensar en las propuestas de los candidatos, así como en la importancia de su participación en el proceso electoral.

Así, como suele ser habitual, los ciudadanos se darán cita en las urnas el cuarto domingo del mes de mayo; este año, el día 28. Una fecha que, por ley, es inamovible en nuestro país, teniendo en cuenta que así lo estipula el BOE. En concreto, la fecha de celebración de las elecciones locales está regulada en el apartado 3 del artículo 42 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. En ella, concretamente, se detalla lo siguiente:

«En los supuestos de elecciones locales o de elecciones a Asambleas Legislativas de Comunidades Autónomas cuyos Presidentes de Consejo de Gobierno no tengan expresamente atribuida por el ordenamiento jurídico la facultad de disolución anticipada, los decretos de convocatoria se expiden el día quincuagésimo quinto antes del cuarto domingo de mayo del año que corresponda y se publican al día siguiente en el «Boletín Oficial del Estado» o, en su caso, en el «Boletín Oficial» de la Comunidad Autónoma correspondiente. Entran en vigor el mismo día de su publicación. Las elecciones se realizan el cuarto domingo de mayo del año que corresponda y los mandatos, de cuatro años, terminan en todo caso el día anterior al de la celebración de las siguientes elecciones«.

¿Siempre cayeron en mayo?

Desde que se restauró la monarquía en España en 1975, ha habido excepciones por las que las elecciones municipales no se celebraron el cuarto domingo de mayo. Es más, estos comicios no se rigieron por esta fecha antes de la ya mencionada Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General. De hecho, las primeras que tuvieron lugar durante el período de transición fueron el 3 de abril de 1979. Las siguientes sucedieron el 8 de mayo de 1983, habiéndose establecido que las elecciones municipales se celebrarían cada cuatro años. Y las posteriores, el 10 de junio de 1987, debido a una decisión del gobierno de Felipe González, que decidió retrasar la fecha originalmente prevista para las elecciones locales.

Hasta entonces, los cuatro años de una legislatura empezaban a contar desde el día de la toma de posesión y no desde el mismo día en el que se elegía a los representantes de cada ayuntamiento. Por lo tanto, para evitar que las elecciones municipales de 1991 se metieran en época de vacaciones veraniegas, se debió matizar que, a partir de entonces, la nueva legislatura entraría en vigor desde el mismo día en que saliera elegida. Así, las elecciones municipales de 1991 se celebraron el domingo 26 de mayo.

Desde entonces hasta la actualidad se han celebrado otras siete elecciones de carácter local en nuestro país. Solo en una de estas se volvió a contar con una excepción para la norma que dicta que deben celebrarse el cuarto domingo de mayo. Sucedió en 1999, año en el que la fecha se retrasó al 13 de junio para evitar que coincidieran con las elecciones al Parlamento Europeo, pues así estaba estipulado por aquel entonces en caso de coincidencia en un espacio de tiempo no superior a cuatro meses.

Las elecciones municipales restantes sí se atuvieron a la norma del cuarto domingo del quinto mes del año: 26 de mayo de 1991, 28 de mayo de 1995, 25 de mayo de 2003, 27 de mayo de 2007, 22 de mayo de 2011 y 24 de mayo de 2015.

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