El dictamen del abogado del TJUE no supone la vuelta de Puigdemont a España
La decisión de Luxemburgo, no vinculada a la opinión del letrado, se dará a conocer en unos meses
El Supremo todavía puede plantear una cuestión prejudicial para el caso concreto del ex presidente catalán
Barcelona
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Iniciar sesiónEl abogado general encargado de la revisión –centrada en la malversación y el terrorismo– de la ley de Amnistía en el Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), Dean Spielmann,se pronunció ayer a favor de su compatibilidad con el derecho comunitario, con ... algunas puntualizaciones e interpretaciones. Aunque la opinión del letrado no es vinculante para el tribunal de Luxemburgo, sí es una guía que, en la mayoría de los casos, siguen los magistrados. La derivada política de las conclusiones de Spielmann se enmarca en la situación de Carles Puigdemont, líder de Junts y socio de investidura de Pedro Sánchez, que lleva fuera de España desde 2017 y con una orden de detención en suelo nacional firmada por el Tribunal Supremo.
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Según el abogado del TJUE, la norma, aprobada por el Congreso, que ya cuenta con el aval del Tribunal Constitucional y que se circunscribe a las competencias de los países miembros de la Unión Europea (UE) como todas las amnistías, no afecta a «los intereses financieros» de la UE, ni se ha demostrado «un vínculo directo» entre el coste del 'procés' y una posible reducción de los ingresos del club comunitario. Spielmann también ve compatible, con la directiva europea para luchar contra el terrorismo, la amnistía a personas que están acusadas de delitos vinculados a acciones terroristas, ya que la norma española es solo una «desactivación» parcial y temporal de los efectos de la directiva.
De esta manera, la opinión del abogado general destinado a este caso permite augurar un aterrizaje plácido para el Gobierno (considera que no es una «autoamnistía») tras una sentencia del TJUE, que se conocerá previsiblemente en 2026, que de coincidir con el letrado confirmaría, a grandes rasgos, el encaje legal de la polémica ley en el ordenamiento jurídico español.
Sin embargo, está por ver cómo afectaría a Puigdemont, que sigue fugado de la Justicia española desde hace ocho años, pues, por un lado, el Tribunal de Cuentas, que instruye la causa sobre la malversación entre 2011 y 2017, hablamos de alrededor de cinco millones de euros, podría llevar a cabo una investigación para dilucidar si existen, o no, posibles vínculos entre lo que el propio Spielmann admite como «actividad ilegal» –el coste del 'procés' fuera de España– y el dinero de la UE.
Por otro lado, el Supremo interpreta que la malversación, tal y como está recogida en la ley de Amnistía, no puede quedar impune para Puigdemont y el resto de implicados en el proceso independentista ilegal. La tesis, sostenida por el Alto Tribunal, es que quien se apodera de bienes ajenos –patrimonio público– comete un delito aunque el metálico obtenido se destine a una causa solidaria o altruista, pues cuando menos para cometer una ilegalidad como la de romper un país vulnerando la Constitución. Y este caso, en opinión de la Sala Segunda y el instructor, Pablo Llarena, queda fuera del redactado de la norma española.
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Por lo tanto, aunque Luxemburgo adoptase la opinión del abogado general en la causa, conocida este jueves, la sentencia podría no afectar a la situación que vive Puigdemont. Así lo consideran fuentes jurídicas expertas en la materia consultadas por ABC tras conocer las conclusiones de Spielmann: «Si los magistrados del TJUE siguen la línea marcada por el abogado general, el Tribunal Constitucional tendrá vía libre para dictaminar a favor de Puigdemont en su recurso. Entonces, el Supremo podría plantear una petición prejudicial al TJUE, según su interpretación de la malversación». Eso supondría, de entrada, alargar la estancia en el extranjero del ex presidente catalán y dilatar la resolución judicial final de su causa.
Además, Spielmann, en una de las pocas enmiendas que plantea a la ley de Amnistía, señala al TJUE que no considera acorde al derecho comunitario la parte de la norma en la que se obliga a los jueces a levantar las medidas cautelares, incluso cuando un tribunal haya planteado una cuestión prejudicial a Europa. Esto limitaría la «plena eficacia» de la Justicia, apunta el abogado general. Y encajaría en el caso de Puigdemont, al que, previsiblemente, el Supremo le mantendría la orden de detención nacional.
Otra de las advertencias del letrado del TJUE hace referencia a la tutela judicial efectiva, en relación a la malversación, y que la ley de Amnistía no respeta al limitar la aplicación de la norma a los dos meses. Spielmann concluye que este tiempo «podría resultar demasiado corto para determinar si la situación está cubierta o no por la amnistía, en función del origen de los fondos (nacional o europeo) y de su utilización efectiva para promover la independencia de Cataluña fuera de España». Para el abogado general este plazo puede «quebrantar la exigencia de independencia judicial».
A la espera de la decisión de los magistrados de Luxemburgo, los abogados de las peticiones de las cuestiones prejudiciales se mostraron ayer cautos. Juan Chapapría puso el énfasis en que de lo expuesto por Spielmann se concluye que en el Tribunal de Cuentas «no se pudo alegar, ni se dio el plazo suficiente, para valorar si hay fondos afectados de la UE». Y José María Fuster Fabra, mostrando su «máximo respeto» a Spielmann, señaló que le resultaría «sorprendente» que Europa «considere que se puede amnistiar a personas acusadas de terrorismo».
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