Gastos
Sólo una urbanización de Córdoba consigue que el Ayuntamiento asuma su mantenimiento
Llanos de Arjona tiene reconocido el derecho, pendiente aún de concreción, y dos más quieren ser las siguientes
Los propietarios de la Carrera del Caballo piden al juez que el Ayuntamiento de Córdoba mantenga el barrio
Córdoba
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Iniciar sesiónLa Carrera del Caballo no es la única urbanización que ha activado procedimientos para que el mantenimiento diario de las zonas comunes del barrio corra por cuenta del Ayuntamiento de Córdoba. Al menos, dos urbanizaciones más están efectuando iniciativas similares en distinto grado ... de desarrollo.
Existe un segundo grupo en el que asunto se ha debatido ya en sus respectivas entidades de conservación y, en algunos casos, han hecho saber al Ayuntamiento que no quieren seguir pagando gastos como la luz de sus farolas, el mobiliario urbano que se rompe o el mantenimiento de las calzadas. Las candidatas formales a sumarse a la ciudad a efectos de la dependencia del presupuesto municipal son una decena.
El caso de la Carrera del Caballo es raro porque es no nació de un proceso de parcelación ilegal. Sin embargo, la situación más avanzada es la de Llanos de Arjona, cuya entidad de conservación se extinguió legalmente en octubre de 2023. Lo hizo tras una sentencia de 2022 que consideró que ya había pasado tiempo suficiente desde la recepción de las obras de las zonas comunes, que se firmó en 1994.
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El abogado que ha llevado el caso, Juan Herrera, explica que en estos momentos la Gerencia de Urbanismo está en el proceso de pedir los informes sectoriales para hacerse cargo de forma práctica de la gestión de este espacio. Es decir, para pagar la luz de las farolas o para hacerse cargo del mantenimiento de las zonas verdes.
Estos informes pueden señalar defectos de conservación en la urbanización «pero solamente de conservación», explica el letrado. Esto significa que Urbanismo puede pedir que se repare una tubería rota, pero no exigir una infraestructura no contemplada en el acta de recepción como crear un transformador de la luz donde no lo había. Una vez cerrado este proceso de informes, se tiene que realizar el traspaso de los contratos correspondientes como el de la luz general.
Criterio
«Puede decirse que la de Llanos de Arjona es la primera entidad de conservación extinguida de Córdoba», explica el abogado, que también llevó el caso de la entidad de Santo Domingo, que fue la que modificó la política municipal de requerir un mantenimiento indefinido de los núcleos periféricos. Ahora hay que fijar un criterio para cada uno de los estatutos en función de elementos objetivos.
Ahora mismo, el máximo establecido son 24 años. Urbanismo se plantea realizar un estudio nuevo sobre esta cuestión que tenga en cuenta datos objetivos como la distancia al núcleo principal. Todas las sentencias señalan que se ha producido una indefinición formal sobre el plazo en el que un urbanización de estas características tiene que depender de los vecinos y cuándo ha de pasar a contar con financiación pública en pie de igualdad al de cualquier barrio de Córdoba.
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Urbanismo ha señalado el siguiente caso en ponerse en marcha como el de Santa Ana de la Albaida. Y, en concreto, la parte antigua ya que es una urbanización que tiene ampliaciones que no entrarían dentro de este procedimiento.
El abogado que ha llevado el procedimiento urbanístico de Llanos de Arjona explica que no todos los casos son iguales pero que, pase lo que pase, se exige de un requisito fundamental. Que se produjese una recepción formal de la urbanización por parte del Ayuntamiento de Córdoba.
Eso quiere decir que es un procedimiento que está prácticamente cerrado a las parcelaciones históricas, a las que tienen entidades de conservación desde hace muchos años en las que se ha desarrollado la financiación privada de los elementos comunes.
Una cuestión relevante es que al Ayuntamiento de Córdoba le conviene arrastrar los pies. Mientras más tarde en asumir la financiación del mantenimiento de una zona, más retrasa la carga que para el presupuesto municipal implica esta decisión.
En el caso de Llanos de Arjona, en la barriada de Santa María de Trassierra, los vecinos intentaron en varias ocasiones que la Gerencia de Urbanismo asumiese los gastos por un procedimiento administrativo normalizado. Pero la Gerencia no contestaba y se acabó procediendo contra la denegación por silencio. Urbanismo alegó en el juicio que había problemas en la creación de la entidad de conservación que el fallo consideró de carácter puramente formal.
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