Energía
El Ayuntamiento de Córdoba 'entierra' el proyecto de instalar 208 placas solares en la cubierta junto al Templo Romano
El informe de Cultura que adelantó ABC decía que el plan energético no puede afectar tampoco al entorno de la iglesia de San Pablo
¿Por qué el Ayuntamiento de Córdoba puede poner placas solares en el Casco y usted no?
Córdoba
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Iniciar sesiónEl proyecto del Ayuntamiento de Córdoba para la instalación de placas solares en su sede principal, la de la calle Capitulares, no se llevará a cabo. Un informe de la Delegación de Cultura de la Junta de Andalucía ha impedido que pueda realizarse ... una idea que nunca ha estado alejada de la polémica, tanto por el impacto visual como por la comparación con los vecinos del Casco Histórico, que no pueden tener instalaciones fotovoltaicas.
La Junta de Gobierno Local acaba de aprobar el desistimiento del expediente de contratación de este trabajo, que se había adjudicado a la empresa Leuk Soluciones Energéticas, S.L., y que iba a suponer una inversión próxima a los 75.000 euros.
La decisión llega después de un informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía en que se habla de la incidencia de este proyecto y parte de que el edificio municipal «se encuentra en el entorno de protección» de la Real Iglesia de San Pablo y por eso el proyecto se tenía que estudiar en su relación con el monumento y la adecuación ambiental al entorno.
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También se tenía que comprobar que «las actuaciones del proyecto no incrementen la situación de contaminación visual existente». San Pablo es Bien de Interés Cultural y se debe cuidar que no haya elementos que «afecten negativamente al carácter y valores propios del bien, su contemplación, apreciación o estudio».
La actuación se divide en varios lotes y en concreto las del número 2 provocan un mayor impacto visual en el entorno, ya que es una instalación de 208 paneles solares sobre una superficie aproximada de 700 metros cuadrados en la cubierta.
El informe dice que las placas sólo pueden estar a niveles secundarios, y nunca en el superior y con más de 200
«De acuerdo con una serie de criterios se concluye que, en casos análogos al realizado, sólo se considera admisible la colocación de paneles solares en azoteas o cubiertas inclinadas de cuerpos secundarios», dice el informe, que incide en que estos cuerpos deben ser de menor altura que el principal y cumplir con la condición de no visibilidad «y en un porcentaje reducido de ocupación de la cubierta», que debe estar en torno al 10 por ciento.
Eso hace que la Comisión Provincial de Patrimonio haya informado negativamente de una obra «que no puede admitirse» en dos de las zonas previstas, porque «tendrían una afección visual directa en el espacio público».
Sí se admitirían en el inferior de la zona 1, en una azotea protegida por los faldones del tejado, aunque siempre sin superar el 10 por ciento del espacio ocupado.
Todo esto hace inviable el proyecto contratado y el Ayuntamiento ha tenido que desistir, que es un acto distinto al de renunciar, como se dice en el informe de la Delegación de Gestión y Administración Pública. Así, la renuncia se «hace por razones de interés público» y tiene contenido discrecional.
El desistimiento, que es el procedimiento por el que ha optado la Junta de Gobierno Local no es discrecional, sino «fundado en causas de legalidad y no de oportunidad». La empresa podrá solicitar una indemnización y se le devolverá la garantía que había aportado para poder hacerse cargo de la obra.
Se cierra así un proyecto que ya había hecho sonar alarmas por el impacto de 200 placas junto a dos monumentos como San Pablo y el Templo Romano (desde el que habrían sido visibles), pero también por el agravio a los vecinos que no pueden tener instalaciones fotovoltaicas por prohibición de un Ayuntamiento que sí había decidido ponerlas. Ahora el Gobierno municipal tendrá que buscando nuevas soluciones energéticas para su funcionamiento.
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