Las denunciantes de la Pará de Gines acusan a la Fiscalía de «extralimitarse» en su petición de archivo del caso
Pide al juzgado que ordene al Ministerio Público «rectificar» sus «orientaciones» a las defensas sobre la 'Doctrina Botín'
Piden 20 años de cárcel para los alcaldes por la Pará de Gines y 16 para los ex hermanos mayores
La Fiscalía pide al juzgado cerrar el caso de 'La Pará de Gines' al no apreciar delitos
El alcalde de Gines, Romualdo Garrido
A la espera de que el juez José Ignacio Vilaplana responda al reciente escrito de la Fiscalía solicitando el sobreseimiento de la causa de las presuntas irregularidades en la organización de la feria ganadera y de tradiciones 'La Pará de Gines' de dicha localidad ... aljarafeña, continúan las novedades en este caso en el que figuran 20 investigados, entre ellos el actual alcalde, el socialista Romualdo Garrido; el exprimer edil Manuel Camino, funcionarios, cuatro ex hermanos mayores de la Hermandad del Rocío y empresarios.
El nuevo paso en el asunto ha llegado de la mano de las que fueran concejalas del extinto Grupo municipal de Imagines, las dos denunciantes iniciales de este caso, en el que precisamente este mes se cumple un año del auto del citado juez ordenando la continuación de las actuaciones por el trámite del procedimiento abreviado contra estos 20 investigados y el sobreseimiento de la causa respecto al expresidente socialista de la Diputación Fernando Rodríguez Villalobos y el resto de acusados pertenecientes a la entidad provincial, entre los que figuraban tanto diputados y cargos políticos, como altos funcionarios, por las subvenciones de esta Administración para el evento.
La causa, así, continuaba adelante por presuntos delitos de prevaricación, malversación, fraude, tráfico de influencias y falsedad documental por las diferentes ediciones de la Pará de Gines organizadas con importantes recursos municipales humanos, técnicos y económicos del Ayuntamiento; pero sin instrumento normativo alguno y por ende sin reglamentación ajustada a Derecho, aunque ciñendo el caso exclusivamente al ámbito municipal.
Al detalle, el auto de continuación de las diligencias por el trámite del procedimiento abreviado afectaba al actual alcalde, su antecesor en el cargo, otros nueve concejales que formaron parte de distintas juntas de gobierno del Consistorio, un arquitecto técnico municipal, un interventor, los administradores de varias entidades beneficiarias y cuatro ex hermanos mayores de la hermandad del Rocío del pueblo.
A la hora de solicitar recientemente el sobreseimiento de la causa también con relación a estos últimos investigados, la Fiscalía reconocía en su escrito ante el Juzgado de Instrucción Número seis de Sevilla que «la gestión municipal durante los años objeto de investigación no fue todo lo respetuosa con el ordenamiento jurídico que se espera de los gestores públicos», porque «no consta resolución, decreto o acuerdo para la organización» del evento ni documentación con las condiciones de colaboración entre el Ayuntamiento y la hermandad del Rocío desde 2008 hasta 2015; así como tampoco pesaba una autorización formal para la ocupación de espacios públicos para la instalación de un bar, expositores comerciales o boxes para los animales.
Pero de otro lado, la Fiscalía admitía que sí pesaban acuerdos plenarios aprobando gastos para esta feria, lo que permite generar dudas sobre la realidad del conocimiento de la injusticia por esta omisión de resolución, la cual a su entender no supone directamente «una ilegalidad penal».
Tampoco detecta la Fiscalía relevancia penal en las facturas, aunque sí administrativa «al vulnerar los requisitos legales, circunstancia que podrá determinar su nulidad de pleno derecho», según avisaba; además de que «la no exigencia del pago de las tasas no puede equipararse a la comisión de un ilícito penal doloso», según el Ministerio Público.
Ante este escrito se han posicionado ya las exconcejalas de Imagines denunciantes iniciales del caso, señalando especialmente el fragmento del escrito de la Fiscalía en la que la misma pide dar traslado a las defensas por si desistiesen de sus recursos contra el auto de continuación por los trámites del procedimiento abreviado, «en caso de acordarse el sobreseimiento de las actuaciones por aplicación de la denominada 'Doctrina Botín', tal y como ya se estimó para los investigados relacionados con la actuación de la Diputación».
La 'Doctrina Botín', recordémoslo, impide la apertura de juicio oral cuando no pesa acusación por parte de la Fiscalía ni la parte perjudicada y tan sólo figura una acusación popular, que en este caso es la que ejercen el PP y estas dos exconcejalas del extinto Grupo municipal de Imagines.
Al respecto, las exediles avisan de que la Fiscalía está marcando a las defensas «los pasos que deberían seguir», con «orientaciones que constituyen una extralimitación de las funciones del Ministerio Público, al interferir en la estrategia de defensa y vulnerar los derechos fundamentales y garantías procesales del resto de las partes».
Según alertan, al «dar instrucciones a las defensas, se podría estar afectando al principio de contradicción y la igualdad procesal» que rige sobre la Fiscalía. una institución que «debe actuar de manera imparcial en cuanto a las partes, garantizando que se respeten los derechos».
En paralelo, las denunciantes del caso precisan que la 'Doctrina Botín' «no se aplica cuando el delito afecta a intereses colectivos o difusos, en los que no hay un perjudicado individualizable», esgrimiendo el paradigma de la aplicación de esta doctrina en el la causa contra el expresidente del Parlamento de Gasteiz Juan Maria Atutxa, extremo no mencionado en el escrito de la Fiscalía según puntualizan.
Así, las exconcejalas advierten de que «la Jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que la intervención indebida del Ministerio Fiscal que afecta al derecho de defensa puede ser causa de nulidad de actuaciones».
En consecuencia, reclaman al juez instructor que estime su incidente de nulidad de actuaciones y declare la «nulidad parcial» del escrito de la Fiscalía en los términos expuestos; así como que ordene al Ministerio Público «la rectificación de dichos apartados, ajustándose a sus funciones legales».
Renovación a precio de tarifa vigente | Cancela cuando quieras