tribunales
La Audiencia de Sevilla condena a Ortega Cano por conducir bajo los efectos del alcohol
Mantiene la misma pena de dos años y medio pero añade el delito contra la seguridad vial
Mercedes Benítez
La Audiencia de Sevilla acaba de hacer pública la sentencia en la que condena al torero José Ortega Cano a dos años y medio de prisión pero que añade a los delitos de homicidio imprudente y conducción temeraria el de la conducción bajo los efectos ... de bebidas alcohólicas por el accidente de tráfico que costó la vida a Carlo Parra.
Esto supone que la sección I de la Audiencia de Sevilla, que acaba de notificar la sentencia a las defensas y acusaciones, mantiene la misma pena pero incluye un delito más como pedía el fiscal de Seguridad Vial, el de conducir bebido, algo que fue puesto de manifiesto en el juicio por varios testigos y por la prueba de alcoholemia realizada al torero.
De hecho, la sentencia supone así que se aceptan en parte las tesis de la Fiscalía que había solicitado que se incluyera el delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas y que se tuviera en cuenta la prueba de alcoholemia hecha con la sangre que conservo el hospital donde quedó ingresado el torero y que no se rompió la cadena de custodia como argumentaban las defensas. Sin embargo no se ha aceptado la petición del fiscal que quería aumentar la pena hasta cuatro años.
Contra esta sentencia solo cabe recurso ante el Tribunal Constitucional que sería el que , en caso de que hubiera recurso, decidiría si se paraliza la ejecución de la condena para que el torero no ingrese en prisión.
La Audiencia de Sevilla condena a Ortega Cano por conducir bajo los efectos del alcohol
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