Voto por correo para las elecciones autonómicas y municipales de 2023: plazos, cómo y dónde solicitarlo
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A. C.
Barcelona
La próxima cita con las urnas se acerca. El próximo 28 de mayo de 2023 se celebran elecciones municipales en España y la misma fecha es la elegida por muchas comunidades autónomas para decidir quienes tienen que liderar sus gobiernos para los posteriores ... años. En concreto, lo harán el Principado de Asturias, Cantabria, La Rioja, La Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Aragón, Castila-La Mancha, Canarias, Foral de Navarra, Extremadura, Baleares, Madrid y las Asambleas de Ceuta y Melilla.
Como siempre, todos los llamados a votar pueden ir a hacerlo presencialmente, el mismo día 28, pero también existe la posibilidad de hacerlo por correo. Esta opción es especialmente cómoda para aquellos que tengan previsto, un viaje o un compromiso ineludible fuera de su población para ese día. Pero, ¿cómo se solicita?
La petición para votar tanto en unas como otras debe pedirse de forma telemática a través de la web de Correos, que es www.correos., o presencialmente en cualquier oficina postal del país. El plazo para solicitarlo ha empezado ya y no se acabará hasta el 18 de mayo, en el que todavía se aceptarán las peticiones.
Cómo funciona el voto por correo
En concreto, los interesados necesitan pedir el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral correspondiente para poder emitir, a posteriori, el voto por correspondencia.
La opción telemática, a través de internet, requiere que el elector acredite su personalidad mediante la firma electrónica. El implicado debe aceptar como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por le Ministerio de Industria y el DNI electrónico.
A nivel presencial, la solicitud puede realizarse en cualquier oficina de Correos de España. El interesado debe pedir personalmente el voto por correo, excepto si tiene alguna enfermedad o discapacidad (que debe ser acreditada). En estos casos la persona autorizada notarialmente o consularmente por el elector debe presentar la petición. En ambos casos, la persona debe acreditar su personalidad presentando ante el empleado de su oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir.
Para pedir el voto en oficinas lo aconsejable es solicitar cita previa a través de la web de Correos o la Oficina Virtual. El proceso permite decidir la oficina que más convenga así como la hora y día preferido.
Una vez efectuado este trámite, Coreos responderá las solicitudes recibidas y efectuará la entrega de material electoral para el voto. La documentación necesaria para poder votar por correo se enviará a partir del 8 de mayo y desde entonces y hasta el 24 de mayo se podrá.
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