Vocales del CGPJ advierten a Reynders de que la reforma penal de Sánchez puede dejar la sentencia del 'procés' «sin contenido»

Sobre la rebaja de la malversación expresan que supone «un debilitamiento de la capacidad para luchar contra la corrupción»

Alertan también de la situación en la que se encuentra el Poder Judicial, que sigue «sin renovarse»

Imagen de archivo de un Pleno del CGPJ ABC

Cinco vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) se han dirigido al comisario de Justicia europeo, Didier Reynders, en una carta en la que advierten de que la modificación del Código Penal llevada a cabo por el Gobierno de Pedro Sánchez «despenaliza ... o degrada la sanción penal» de lo ocurrido en el año 2017 en Cataluña, que provocó «un gravísimo conflicto político y jurídico».

«La reforma puede dejar sin contenido buena parte de una sentencia que condenó a los altos responsables políticos», señalan. Asimismo, expresan que la reforma del delito de malversación supone «un paso atrás y un debilitamiento de la capacidad del Estado para luchar contra la corrupción».

Por otra parte, alertan sobre la situación en la que se encuentra el CGPJ, que sigue «sin renovarse» tras cuatro años de bloqueo. Recuerdan que existieron negociaciones entre los grupos parlamentarios para sacar de esta situación al Poder Judicial, pero que finalmente concluyeron de «manera infructuosa» precisamente como consecuencia de las modificaciones de los delitos de sedición y malversación llevadas a cabo por el Gobierno.

Los vocales expresan en el escrito que la reforma del Código Penal «ha degradado el castigo de delitos relacionados con la corrupción de funcionarios y autoridades, debilitando el efectivo control de que los fondos públicos se asignen a los fines realmente previstos en las leyes».

Manifiestan asimismo que el problema que dificulta la renovación del CGPJ sigue siendo la forma de elección de los jueces, y señalan que los grupos que integran el Gobierno han manifestado «su rechazo total a la modificación del modelo para su adaptación a los estándares europeos».

Los jueces, que están privados de su competencia de nombramiento, insisten en que esto «está perjudicando gravemente el funcionamiento regular de tribunales» como por ejemplo el Supremo. «La limitación de competencias del CGPJ debilita de manera considerable la independencia del Poder Judicial en España desde la perspectiva de los estándares europeos del Estado de derecho», afirman.

Las consideraciones de estos cinco vocales, de los que ha partido esta iniciativa, forman parte de un escrito de ampliación al formulario que la Comisión envía periódicamente a las instituciones europeas para evaluar el cumplimiento de los estándares del Estado de derecho en los países miembros. Los vocales señalan que las respuestas a ese formulario han pasado por la Comisión Permanente del CGPJ, compuesta por seis vocales, sin que los 12 restantes que conforman con ellos el Pleno hayan tenido intervención alguna en este trámite, que consideran incompleto.

Reformas a la carta

A su juicio, prueba del debilitamiento de la independencia del Poder Judicial en España es la «modulación de competencias» del CGPJ que el Gobierno ha llevado en el último año y medio por simple «conveniencia», pasando así de prohibirle hacer nombramientos a levantar el veto en el caso de los dos que le corresponden para el TC, que exigió una nueva modificación de la ley. «Resulta incomprensible que se considere irrenunciable el nombramiento de los magistrados de un alto tribunal, como el Tribunal Constitucional, y no las de otro alto tribunal, como el Tribunal Supremo», dicen.

Precisamente respecto al Supremo recuerdan que en la actualidad cuenta solo con 60 de los 79 magistrados que lo integran y que durante el año 2023 se producirán 5 vacantes más. Dramática es también la situación del Tribunal Militar Central, que no cuenta con ningún efectivo, y sus puestos son desempeñados provisionalmente con jueces militares de otros tribunales inferiores en grado que no ostentan la categoría exigida por la ley.

Se refieren también los vocales a la fórmula legislativa que se está utilizando cuando las modificaciones afectan al Poder Judicial, Con la proposición de ley eluden el trámite de informes de órganos consultivos y sectores implicados que sí es preceptivo en el caso del proyecto de ley, en el que la iniciativa es del Gobierno.

Un procedimiento tramposo

Se ha instalado también la práctica de aplicar la tramitación de urgencia y aprobación en lectura única, añaden, con lo que las reformas se llevan a cabo en pocas semanas. «Incluso se procede, durante la tramitación de normas ajenas al poder judicial, a la alteración de las propuestas legislativas iniciales por vía de enmiendas heterogéneas (es decir, enmiendas ajenas al contenido material de la Ley en tramitación)», limitando así no solo la participación del CGPJ y otros actores jurídicos cualificados, sino la de los grupos parlamentarios de la oposición. En este punto citan de forma expresa la decisión que el Tribunal Constitucional tuvo que tomar en diciembre de suspender, «por primera vez en su historia», la tramitación de una ley (precisamente la reforma del Código Penal que suprimió la sedición) al haberse introducido vía enmiendas reformas encaminadas a «limitar los controles relativos a la legalidad de los nombramientos que realiza el gobierno».

Artículo solo para suscriptores

Accede sin límites al mejor periodismo

Tres meses 1 Al mes Sin permanencia Suscribirme ahora
Opción recomendada Un año al 50% Ahorra 60€ Descuento anual Suscribirme ahora

Ver comentarios