La juez de Ceuta rechaza llamar como testigo a Marlaska por la repatriación de menores a Marruecos
Desestima igualmente citar al presidente de la ciudad autónoma, al secretario de Estado de Seguridad y a la exjefa de Gabinete de Vicepresidencia del Gobierno
Toma declaración por videoconferencia a dos de los chicos que entraron en Ceuta en mayo para conocer su versión de los hechos
Madrid
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Iniciar sesiónLa juez que investiga la repatriación de medio centenar de menores a Marruecos en el verano de 2021 sin que mediase procedimiento administrativo alguno ha rechazado citar como testigos al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, su secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez ... y la exdirectora del Gabinete de Presidencia del Gobierno, María Isabel Valldecabres; porque no considera que «su testimonio sea relevante para la instrucción de la causa».
En un auto fechado el 20 de noviembre y al que tuvo acceso ABC, la instructora desestima así las testificales que había pedido la defensa de Mabel Deu, vicepresidenta del Gobierno de Ceuta e imputada, igual que la exdelegada del Gobierno en la ciudad autónoma, Carmen Mateos, por un presunto delito de prevaricación.
Mientras, las pesquisas siguen avanzando. Este jueves prestaban declaración dos de los menores afectados, cuyos testimonios se toman por videoconferencia para que constituyan prueba y no tengan que volver a declarar si finalmente, se abre juicio oral, según informaron a ABC en fuentes jurídicas.
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Durante su declaración, Deu sostuvo que cada paso que se dio para retornar a los menores a Marruecos contó con la venia del Gobierno central, que fue de donde partió la luz verde para aplicar un convenio bilateral con el país vecino que permitía las devoluciones. Ese convenio, no obstante, recoge que España debe cumplir para ello su propia legislación, lo que, como denunció la Fiscalía ante el juzgado, no habría ocurrido en este caso.
«Aclara la parte solicitante que se trata de que dichos testigos manifiesten acerca de las gestiones, diplomáticas y/o administrativas, que se llevaron a cabo para dar cumplimiento al Acuerdo Internacional con Marruecos, sin embargo, tales gestiones no empecen ni sustituyen a los trámites administrativos previstos en el Reglamento de Extranjería. Por ello no se estima que su testimonio sea relevante», dice la juez para desestimar así que testifiquen Marlaska, Pérez y Valldecabres.
No es la única diligencia que rechaza. Tampoco ve razón para llamar, como pedía Deu, a los cuatro representantes marroquíes que participaron en una reunión con las autoridades españolas que tuvo lugar a pie de valla el 11 de agosto de 2021 en la que se resolvió comenzar con la entrega de los menores, en grupos de 15, para su derivación a un centro de menores en la zona de Tetuán.
Se trataba de dos miembros de la prefectura y dos personas de la entidad pública que se haría cargo de los repatriados a los que ni el Inspector Jefe de Frontera ni la propia Deu fueron capaces de poner nombre, razón que esgrime ahora la instructora para desestimar la citación dado que, dice, «la identificación se antoja misión incierta».
«Su declaración en todo caso no se estima trascendente, al menos en esta fase sumarial, pues si se trata de dar cuenta del ingreso de los menores retornados en un centro público de protección y/o su reagrupamiento familiar es un hecho acaecido en territorio marroquí y con posterioridad a su intervención, que escapa a la capacidad de acción de las investigadas», añade.
Ni Vivas ni las abogadas de las ONG
No obstante, también rechaza las testificales propuestas por la Fiscalía, interesada en tomar declaración a las representantes y abogadas de Fundación Raíces y la Coordinadora de Barrios que consiguieron paralizar las repatriaciones reclamando por la vía del Contencioso en Ceuta, como tampoco ve procedente escuchar a la coordinadora del centro de menores de Santa Amelia donde estaban alojados los 55 que fueron entregados por la frontera de El Tarajal. Ella podría atestiguar si se iban contentos, como declaró Deu, o es cierto, como señalan las ONG, que se les recogió en el polideportivo sin aviso previo y contra su voluntad.
Desestima igualmente la posibilidad de citar al presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas, como pedía la acusación que ejerce la Red Española de Inmigración y Acogida al Refugiado porque entiende que tal y como lo plantea, debería llamarle como imputado y no como testigo, cuando «ni de la documental ni de las declaraciones de las investigadas o testigos se deducen indicios de criminalidad contra el mismo».
«A todo lo que se ha expuesto se une que la tramitación del sumario responde a criterios de celeridad, disponiendo la Ley de Enjuiciamiento Criminal que el juez concluirá la instrucción cuando entienda que ha cumplido su finalidad», dice la resolución, que emplaza a las partes a llamar a los testigos que proponen si el caso llega a juicio oral, porque «es en la fase del plenario cuando se desarrolla la prueba en sentido estricto».
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