Puigdemont pide al Constitucional que suspenda su orden de detención tras el informe del abogado general de la UE
Pide que se paralice la medida cautelar de Llarena hasta que el Pleno se pronuncie sobre el recurso de amparo que admitió el pasado 7 de octubre
El dictamen del abogado del TJUE no supone la vuelta de Puigdemont a España
Madrid
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Iniciar sesiónLa defensa del expresidente catalán Carles Puigdemont ha pedido al Tribunal Constitucional que suspenda la orden de detención nacional que pesa sobre él amparándose en las conclusiones que el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo públicas la semana ... pasada. Pese a que el asunto en el que el abogado general emitió su opinión (la cuestión prejudicial presentada por el Tribunal de Cuentas español) no tiene que ver con el recurso presentado ante el TC por el prófugo (la inaplicación de la ley de amnistía a la malversación por parte del Supremo), su defensa considera que le beneficia, al igual que elemento «decisivo» que supone el respaldo del órgano de garantías a la constitucionalidad de la ley.
Así lo pone de manifiesto Gonzalo Boye en las alegaciones que ha presentado ante el Pleno, a las que ha tenido acceso ABC, un escrito en el que reitera su petición del verano de dejar en suspenso la orden de arresto pero ahora con el argumento de que «la suspensión cautelar solicitada no sólo resulta procedente, sino jurídicamente obligada para garantizar la efectividad del recurso de amparo y evitar la lesión irreversible de los derechos fundamentales del recurrente». Recuerda que la valoración de las medidas cautelares debe realizarse »atendiendo al conjunto de circunstancias jurídicas existentes en el momento de resolver« y »resulta imprescindible incorporar al análisis los elementos normativos y jurisprudenciales más recientes que condicionan de manera directa la apreciación del (...) perjuicio irreparable«.
«Excusas injustificables»
En este sentido la declaración de constitucionalidad de la ley de amnistía por parte del propio TC y las conclusiones del Abogado General del TJUE son dos «parámetros convergentes que refuerzan el deber de asegurar que el recurso de amparo no pierda su finalidad sin más excusas ni dilaciones injustificables». Sobre el primero dice que el pronunciamiento sobre la adecuación de la ley a la Carta Magna «fija un suelo jurídico sólido e inalterable: una ley declarada constitucional no puede ser privada de eficacia práctica por la persistencia de medidas penales restrictivas. La fase cautelar no puede convertirse en un instrumento para reabrir indirectamente un debate constitucional ya cerrado».
Sobre el segundo destaca la importancia de la dimensión europea, incorporada por las Conclusiones del Abogado General del TJUE, que afirma «con rotundidad» que la ley de amnistía «es plenamente compatible con el Derecho de la Unión». Boye resalta que si bien estas conclusiones no son vinculantes (en unos dos meses llegará el pronunciamiento del TJUE), »poseen una autoridad interpretativa indiscutible«, dice, »pues el propio Abogado General señala que la amnistía pertenece a la competencia exclusiva de los Estados miembros» y que «la oportunidad, el alcance y el contenido de una amnistía quedan fuera del control del Derecho de la Unión». «Este tipo de afirmaciones tienen un impacto directo en la ponderación cautelar, al disipar cualquier duda sobre la validez europea de la norma», afirma la defensa del expresidente catalán.
Además, añade, «la práctica demuestra que la jurisprudencia sigue de manera constante la línea argumental estructurada por el Abogado General, lo que dota a sus afirmaciones de una fiabilidad cualitativa innegable«.
Asimismo señala que la afirmación del Abogado General de que “cuando concurren los presupuestos de aplicación de una amnistía, el órgano jurisdiccional debe dictar una resolución que ponga fin al procedimiento y proceda a su archivo sin más trámite”, ha de operar como un mandato "jurídico claro, inequívoco y plenamente armonizable con el artículo 56 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. No es posible mantener órdenes de detención —ni de forma provisional— cuando el estándar europeo exige el archivo inmediato tan pronto se verifican los presupuestos de la ley", dice Boye.
Por ello insiste en que mantener la orden de detención nacional en su contra en este contexto «supondría un sacrificio desproporcionado e innecesario, incompatible con los principios de proporcionalidad, necesidad y mínima injerencia que rigen en esta fase».
El escrito de la defensa tiene lugar después de que el pasado 13 de noviembre el abogado general del TJUE dio a conocer sus conclusiones, en las que -si bien asegura que algunas disposiciones de la ley de amnistía pueden ser incompatibles con el derecho comunitario- descarta que el texto legal responda a una «autoamnistía» o colisione con la legislación de la UE en la lucha contra el terrorismo o que afecte a los intereses financieros de la Unión.
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