La Junta de Andalucía creará una Comisión para los expresidentes hasta los 75 años
El PP registra una proposición de ley en el Parlamento andaluz para reformar el Consejo Consultivo y que aporten su experiencia en dicho órgano con dedicación exclusiva
Rafael Escuredo, José Rodríguez de la Borbolla y Susana Díaz podrán solicitarlo; no así Manuel Chaves ni José Antonio Griñán, condenados e inhabilitados por los ERE fraudulentos
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEl Grupo Parlamentario del PP ha registrado una proposición de ley para reformar del Consejo Consultivo con el objetivo de crear una comisión para los expresidentes. Serán estos exaltos cargos los que deberán solicitarlo en caso de estar interesados, podrán formar parte de dicho ... órgano hasta que cumplan 75 años y tendrán que tener dedicación exclusiva.
El objetivo es aprovechar su experiencia y darles un espacio y un lugar en la Junta de Andalucía tras haber ostentado la presidencia del Gobierno andaluz.
Sólo tres de los cinco presidentes que ha tenido la Junta, todos del PSOE, podrán solicitar formar parte de dicha comisión. Se trata de Rafael Escuredo, José Rodríguez de la Borbolla y Susana Díaz. Manuel Chaves y José Antonio Griñán no podrán al estar inhabilitados tras su condena en el caso de los ERE fraudulentos.
Se trata de algo que ya existe en otras comunidades autónomas y que el Gobierno de Juanma Moreno se ha propuesto implantar en Andalucía para dignificar la figura de los expresidentes y aprovechar su bagaje y experiencia.
Quienes los soliciten tendrán que dedicarse a formar parte de dicha comisión con dedicación exclusiva.
La proposición
La propuesta del Grupo Parlamentario del PP actualiza la normativa vigente, que data del año 2005, e introduce mejoras técnicas y organizativas en este órgano, reconocido en el Estatuto de Autonomía de Andalucía como una de las instituciones básicas de autogobierno de la Comunidad.
La principal aportación del nuevo texto es la creación de la Comisión de Estudios y Análisis Normativo, sobre la que recaerá la labor de realizar estudios, informes y propuestas normativas cuando lo solicite el Consejo de Gobierno. Asimismo, se encargará de recabar de los sectores afectados la información sobre los efectos de la normativa vigente que les resulten de aplicación, pero también de la elaboración de encuestas, estadísticas, informes de seguimiento de la aplicación normativa o un informe anual de actuaciones, así como otras funciones de estudio de doctrina jurisprudencial y del Derecho comparado y de recomendaciones de buenas prácticas.
A fin de enriquecer la función consultiva del Consejo, las personas que hayan desempeñado el cargo de presidenta o presidente de la Junta de Andalucía podrán ser nombrados consejeros o consejeras permanentes, a petición propia, con dedicación exclusiva y a tiempo completo hasta cumplir 75 años. Como consejeros permanentes, formarían parte de la nueva Comisión de Estudios y Análisis Normativo.
Ese límite de edad no afectará a los expresidentes que, a la entrada en vigor de la ley hubieran cumplido ya los 75 años, y que podrían solicitar ser nombrados consejeros permanentes por un periodo máximo de cinco años, en virtud de una disposición adicional de la proposición de ley. A los consejeros permanentes les será de aplicación el régimen de incompatibilidades de altos cargos de la Junta de Andalucía.
Por otro lado, el nuevo texto que propone el Grupo Parlamentario del PP de Andalucía reduce de seis a cuatro el número de consejeros electivos sin exclusividad que puede nombrar el Consejo de Gobierno.
Entre las nuevas consultas preceptivas, se establecen por ejemplo los conflictos de atribuciones que se susciten entre alguna Consejería y entidades del sector público andaluz no adscritas a la misma, o entre varias entidades adscritas a distintas Consejerías, así como los proyectos de decreto de aprobación de Estatutos de las Universidades Públicas de Andalucía.
De la misma manera, se actualiza el mínimo de las cuantías susceptibles de informe en el caso de las reclamaciones administrativas por daños y perjuicios, modificaciones de contratos y responsabilidad contractual administrativa.
Y se introduce la consulta preceptiva en el caso de la modificación de los instrumentos de ordenación urbanística que tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos previstos en un plan, o que eximan de la obligatoriedad de hacer reservas de terrenos destinados a viviendas de protección oficial u otros regímenes de protección pública, para adaptarlo así a la normativa vigente.
Además, se introducen mayores exigencias en la preparación jurídica de las personas que integran el Consejo con carácter electivo, al elevar de 10 a 15 años el requisito de periodo de experiencia como jurista de reconocido prestigio. Y se reduce de seis a cuatro el número de consejeras o consejeros electivos sin dedicación exclusiva.
Por último, se establece la condición de que los cargos de presidencia y consejeros permanentes y electivos sean incompatibles con el desempeño de cargos públicos de representación popular.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete