La titular de este juzgado señala en los motivos de la citada resolución, a la que ha tenido acceso ABC, que con la prueba obrante se puede determinar que la compañera sentimental del futbolista presentaba unas lesiones, pero «lo que no se puede declarar es que dichas lesiones fueran causadas» por Simo.
La Fiscalía de Córdoba solicitaba una pena de 10 meses de cárcel para el futbolista. La defensa jurídica de Simo la ejerció el abogado Jesús Coca, que también es consejero del Córdoba CF.
El relato de los hechos del Ministerio Publico -tumbado ahora por la justicia- indicaba que el 12 de septiembre, hallándose el futbolista y su pareja en el domicilio comenzaron una discusión por la negativa de ella a que Simo se marchara a entrenar, porque deseaba que se quedara en casa, por lo cual ésta se colocó frente a él e intentó retenerlo. Ante ello, Simo habría agarrado fuertemente por el cuello a su pareja, la habría zarandeado y golpeado en el pecho. Como consecuencia de esta agresión la joven presentaría lesiones, si bien ella, aunque hubo intervención de la Policía Nacional -acudió a la casa de ambos-, renunció expresamente al ejercicio de acciones penales y civiles contra su pareja.
La titular del juzgado se medía a dos posicionamientos enfrentados: la Fiscalía solicitaba la condena del acusado a través de la denominada «prueba de indicios» mientras que la defensa del extremo del Córdoba CF consideraba que, dado que la única testigo de los hechos los ha negado, no cabía acudir a esos indicios para condenar al futbolista.
Otra explicación para las lesiones
En su fallo, la responsable del Juzgado de lo Penal 6 justifica la absolución indicando que contó «con la prueba directa de la testifical» y que no puede considerar que las manifestaciones de los agentes de Policía que intervinieron, tras la discusión, «narrando lo que a su vez les habían contado» Simo y su compañera sentimental «puedan ser tenidas como prueba indirecta o indiciaria de lo sucedido el 12 de septiembre de 2022; especialmente cuando la propia víctima nos ofrece una explicación a las lesiones que presentaba, que según la médico forense, resultaría plausible: las uñas de un animal [perros] también pueden causar las heridas que presentaba» la pareja del futbolista. A esto, hay que sumar, sigue la resolución judicial, que la citada médico forense no pudo explorar directamente a esta mujer.
A juicio de la magistrada, «se ha introducido en el proceso otra posible explicación a las lesiones que presentaba» la compañera sentimental de Simo. Ésta aseguró en el juicio que «tiene perros y que éstos se le suben encima, siendo frecuente que presente arañazos de los animales».
Por ello, su fallo, como se ha indicado, señala que con la prueba obrante se puede establece que la pareja del futbolista presentaba unas lesiones, pero «lo que no se puede declarar es que dichas lesiones fueran causadas» por Simo.
.
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete