¿Cómo se puede revisar el modelo territorial sin tocar la unidad?
Cualquier reforma del Título VIII de la Constitución requeriría mayorías de tres quintos de las dos cámaras

El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, se manifestó este martes partidario de «buscar una fórmula» que permita a Cataluña «encajar» en España a través de una reforma de la organización territorial del país y una revisión del modelo de financiación, respetando siempre la unidad de España . El ministro no concretó esta declaración, realizada en vísperas de la Diada, en propuestas concretas. Pero dejó claro que el Gobierno no aceptará un referéndum pactado sobre la independencia y advirtió de que «el adeu a España es el adeu a la Unión Europea».
¿A qué se refería pues, el ministro, al abrir la puerta a una reforma de la organización territorial? Sólo él lo sabe, aunque es posible que estas declaraciones no tengan mucha más intención que templar los ánimos políticos ante la exhibición de independentismo que se prevé este 11 de septiembre. El modelo territorial de España está garantizado por su Constitución, y cualquier cambio sustancial en el modelo requeriría la reforma constitucional. Esta reforma, regulada en el Título X de la Constitución, exige mayoría de tres quintos de cada una de las cámaras.
El artículo 137, que abre el Título VIII «De la organización territorial del Estado», establece: «El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses» . Este fue el sistema que nos quisimos dar en la Transición con la voluntad de resolver, de una vez por todas, las tensiones y conflictos territoriales en España. El problema ha sido que algunas fuerzas políticas de algunas Comunidades Autónomas (principalmente Cataluña y País Vasco) no se conforman con el autogobierno y quieren la independencia absoluta.
El «federalismo» del PSOE
El PSOE, en la declaración de Granada del pasado julio , se sumó a la corriente federalista, defendida por sus compañeros catalanes del PSC. España nunca ha sido un Estado federal, como lo son Alemania o EE.UU. Convertir España en un Estado federal en vez de autonómico requeriría, evidentemente, una reforma de la Constitución . Por otra parte, cualquier observador político mínimamente lúcido conoce los riesgos que un modelo federal entrañaría para la unidad de España, dada la voluntad de importantes fuerzas políticas de romper radicalmente con España.
Al hablar el ministro García-Margallo de «una revisión del modelo de financiación» viene a la mente la propuesta de un nuevo pacto fiscal enarbolada por Artur Mas antes de las últimas elecciones autonómicas del 25 de noviembre. El presidente de la Generalidad planteó al presidente del Gobierno Rajoy un ultimátum más o menos en estos términos: «O pacto fiscal o abriremos la vía hacia la independencia». Mariano Rajoy le aseguró entonces que no había «margen» para negociar un nuevo pacto fiscal. Entonces fue cuando Mas se lanzó a su aventura independentista.
La «Hacienda propia» de Mas
El pacto fiscal que quería Mas implicaba la salida de Cataluña del régimen común establecido por la Ley Orgánica de Financiación de Comunidades Autónomas. Por lo tanto, esta ley orgánica tendría que reformarse. También reclamaba una Hacienda propia y única para Cataluña (previsión que rechazó el PSC). Esta petición sí que es incompatible con la Constitución : «El Estado tiene competencia exclusiva sobre (...) Hacienda general y Deuda del Estado» (149. 1. 14ª CE). Otra vez se haría imperativa una reforma de la Constitución con las necesarias mayorías de tres quintos de ambas cámaras.
Otra manera de abordar el problema consiste en la reforma del Estatuto de Autonomía. Esta es la fórmula que utilizó el anterior presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero. Para muchos, esta reforma se hizo en fraude de Constitución . Entre otros aspectos, incluía en el preámbulo una consideración de Cataluña como «nación», cuando la Constitución sólo contempla la «Nación española» (2 CE). El Tribunal Constitucional vino a refrendar esta visión de la reforma estatutaria, declarando abiertamente inconstitucionales 14 artículos, y reinterpretando otros 50 conforme al texto constitucional.
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