El Congreso aprueba definitivamente la 'ley trans' pese a las advertencias sobre la repetición de los errores del 'solo sí es sí'
El texto establece que cualquier persona mayor de 16 años puede cambiar su sexo en el registro solo con su voluntad
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El Congreso de los Diputados ha dado este jueves el paso definitivo para aprobar el proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida como 'ley trans', que entrará en vigor en los próximos días tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Los diputados han dado luz verde este jueves a las enmiendas del Senado, de manera que automáticamente la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad, que ya se aprobó en el Congreso el pasado diciembre con los votos en contra de PP y Vox y abstenciones como la de la exvicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo, ha recibido el visto bueno definitivo para su entrada en vigor. Esta vez, Calvo, aunque lo que se votaban eran las enmiendas del Senado, se ha vuelto a abstener.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha celebrado que con esta aprobación se da «un paso de gigante», pero ha asegurado que no es el final. «Es una ley que también reconoce los derechos para las infancias trans, que han estado en riesgo en la tramitación de esta ley y que podrían avanzar todavía más, pero hoy damos un paso de gigante para que haya muchos niños niñas y niñes trans que se sientan más comprendidos en sus colegios, por sus familias...». El debate, sin embargo, se ha visto empañado por las consecuencias que ha tenido la conocida como ley del 'solo sí es sí', por la que ya se han rebajado condenas a más de 500 agresores sexuales.
La portavoz del PP en el debate de la norma, María Jesús Moro, se ha referido a la 'ley trans' como «remake de la ley del solo sí es sí» y ha pedido al Gobierno que rectifique porque con ella «va a haber gente que sufra». «No queremos que empiece otra vez el goteo de víctimas», ha advertido la popular, que ha resaltado el ejemplo de otros países que han rectificado esta legislación y las «múltiples advertencias» que sectores y sociedades científicas han hecho sobre las consecuencias del texto.
En la misma línea, la representante de Ciudadanos, Sara Giménez, ha afirmado que, aunque la ley presenta «numerosos avances» no se ha llevado a cabo un debate de «búsqueda de consensos». «El Ministerio de Igualdad no ha sido capaz de establecer una legislación amplia, completa y garantista para las personas trans», ha dicho, porque no se ha conseguido, ha apuntado, que no haya inseguridad jurídica.
«Tenemos el convencimiento sincero y honesto de lo dañina que puede ser esta ley, que no traerá más derechos, sino más sufrimiento, destrozará para siempre la vida de muchos niños y adolescentes de muchas familias», ha lamentado por su parte la diputada de Vox María Ruiz.
Consentimiento paterno
La ley establece la posibilidad de cambiar el sexo en el Registro Civil para todos los mayores de 16 años sin necesidad de requisitos más allá de la voluntad de la persona, uno de los aspectos que más polémica han generado, al incluir este tramo personas menores de edad.
Las personas de entre 14 y 16 años podrán hacerlo con el consentimiento de sus padres o tutores legales. En el caso de que este no exista, apunta la norma, se nombrará a un defensor judicial que asista al menor en el proceso.
También necesitarán autorización judicial para cambiar su sexo en el DNI los niños de entre 12 y 14 años. Los menores de 12 no podrán cambiar su sexo registral, pero sí su nombre «por razones de identidad sexual». En el colegio, cita la ley, deberán «obtener un trato conforme a su identidad en todas las actividades que se desarrollen en el ámbito educativo».
Para realizar ese cambio de sexo en el registro, dice la norma, no se deberá presentar ningún informe médico o psicológico que «relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento». Tampoco deberá estar sujeto ese cambio a procedimientos médicos o quirúrgicos para cambiar la apariencia física.
Situación reversible
En un máximo de tres meses, se citará en el registro a la persona para que ratifique su decisión y en un mes se dictará el cambio de sexo registral. A los seis meses, la persona que haya solicitado el cambio de sexo en el registro podría revertir la situación y que en su DNI conste su sexo anterior.
En cuanto a las prácticas quirúrgicas de modificación genital, la norma prohíbe las destinadas a menores de 12 años «salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario en aras de proteger la salud de la persona». Para las personas de entre 12 y 16 años se permitirán cuando la persona en cuestión las solicite en base a su madurez.
MÁS INFORMACIÓN
La norma prohíbe cualquier terapia o programa «destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las personas, incluso si cuentan con el consentimiento de la persona interesada o de su representante legal».
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