Un juzgado de Sevilla dicta un fallo pionero en favor de dos discapacitados: concede la pensión de viudedad a huérfanos de padre
Tras cinco años de proceso, el Juzgado de lo Social número 5 de la capital da la razón a estos jóvenes, cuya madre, al estar divorciada, no tenía derecho a cobrar dicha pensión; hasta ahora sólo se concedía a huérfanos absolutos o víctimas de violencia de género
Sevilla
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Iniciar sesiónEl Juzgado de lo Social número 5 de Sevilla ha dictado una sentencia pionera en favor de las personas con discapacidad. Ha concedido la pensión de viudedad a dos discapacitados huérfanos de padre, cuyos progenitores estaban divorciados y por tanto la ... madre no tenía derecho a recibir dicha pensión. Hasta el momento sólo los huérfanos absolutos o los hijos víctimas de violencia de género podían recibir esta pensión. «Les han resuelto la vida».
La abogada María Victoria Mejías ha explicado a este periódico que, tras casi cinco años de proceso judicial, «se ha hecho justicia», con un fallo pionero, sin precedentes, que otorga a dos jóvenes sevillanos huérfanos de padre y con discapacidad intelectual del 65 por ciento la pensión de viudedad, que cobrarán al 50 por ciento cada uno.
En su caso, al estar su madre divorciada y no tener derecho a cobrar dicha pensión, se le ha otorgado dicho derecho a los dos hijos de este matrimonio. Según esta letrada, hasta la fecha sólo se concedía este derecho a hijos con discapacidad huérfanos absolutos, es decir, de padre y de madre; o en caso de hijos cuyos padres han sido condenados por asesinar a su pareja en casos de violencia de género.
La decisión de la juez cambia la situación de vulnerabilidad en la que se hallaba esta familia, donde la madre decidió teletrabajar para poder cuidar de sus hijos, con la consiguiente reducción de ingresos económicos para el hogar.
«Es un sueldo digno»
«Los padres con hijos discapacitados siempre tienen la preocupación de qué va a ser de sus hijos cuando ellos falten», según la abogada. Las personas con discapacidad que quedaban huérfanas (de padre o madre) cobraban una pensión de orfandad del 20 por ciento de la nómina del padre o la madre fallecida. Cuando cumplían 21 años se acababa esa paga, salvo e caso de discapacidad grave (65 por ciento o más).
La pensión de viudedad se cobra cuando los padres estaban casados. En este caso, estaban divorciados, por lo que se llevó a los tribunales para que los dos hijos obtuvieran ese derecho, que había quedado desierto. «Y se ha conseguido».
Y la pensión de viudedad es de por vida. «Es un sueldo digno. Se les ha resuelto la vida». El caso se inició hace más de cuatro años. Entonces los ahora beneficiarios eran menores de edad. Ahora ya han superado los 18 años. Y la juez concede la viudedad con carácter retroactivo. La sentencia es firme.
En este caso, donde los dos discapacitados eran personas dignas de especial protección por su vulnerabilidad, «se ha hecho justicia por encima de la ley». Es «un caso humano» que ojalá se extienda.
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