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La Tercera

¿Es delito de odio criticar al islam?

Sólo defendiendo la libertad de aquellos con quienes estamos en profundo desacuerdo, e incluso divulgan ''ideas que aborrecemos'', estamos legitimados para exigir respeto por nuestra propia libertad

Desprecio a la senectud

El aborto y la profecía de Dostoiveski

Nieto

Javier Martínez-Torrón

Días atrás declaraba en juicio el sacerdote Custodio Ballester, acusado del delito de discurso de odio que regula el artículo 510 del Código Penal, supuestamente contra los musulmanes. Suscita perplejidad que la Fiscalía considere punible la conducta del sacerdote y pida para él una pena de tres años de prisión ... : por la información que se ha publicado, es petición que no se sostiene ni a la vista del propio Código Penal ni de los estándares comúnmente aceptados internacionalmente en materia de libertad de expresión. La perplejidad no es sólo mía. Un prestigioso colega canadiense –cuyo pensamiento me consta es muy distinto al del padre Ballester– me escribía sorprendido de que estas cosas pasaran hoy en España.

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