El Ayuntamiento de Palma impondrá multas de hasta 300.000 euros por exceso de ruido
El Consistorio realizará un especial seguimiento a los comportamientos que generen molestias en el hogar

El Ayuntamiento de Palma ha dado a conocer el borrador la nueva ordenanza municipal de ruidos y vibraciones que, tras su aprobación definitiva, sustituirá a la de 1995, y que contiene un aumento de las cuantías de las multas, informa el consistorio.
La normativa establece la posibilidad de conmutar las multas por cursos de formación (hasta 300 euros) y la posibilidad de reducir la cuantía de las mismas hasta en un 50 por ciento.
La modificación de la ordenanza municipal viene derivada de la adaptación de la misma a las normativas nacional y autonómica que ya asumen la homogeneización europea.
La ordenanza fija sus actuaciones en función de normativas superiores ya emanadas de las leyes del ruido nacional y la autonómica contra la contaminación acústica y sus normas de desarrollo.
El borrador ha sido elaborado por un grupo de trabajo en el que han participado técnicos de medioambiente, sanidad, Policía Local y el departamento de licencias de actividades del Ayuntamiento de Palma en base al modelo de ordenanza reguladora de ruidos y vibraciones redactada por la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático del Govern balear.
El primer y más importante objetivo de esta nueva ordenanza es el de reforzar la seguridad jurídica de las actuaciones y resoluciones que se adopten en materia de ruidos.
Asimismo, prevenir los ruidos excesivos y corregir molestias buscando el equilibrio entre el descanso de los vecinos y la actividad económica.
La ordenanza especifica la gestión ambiental mediante el mapa de ruidos y el plan acústico de acción municipal. Fija horarios de día que van desde las 7 a las 19 horas, de tarde desde las 19 las 23 horas y nocturnos que desde las 23 a las 7 horas de acuerdo a lo que establece la normativa nacional y siguiendo el mapa de ruidos de este municipio.
Además, horarios de control que se establecerían los días laborables de 8 a 19 horas y los meses de junio, agosto y septiembre de 10 a 19 horas aunque se permitirán excepciones en obras por motivo de seguridad y salubridad.
Se realizará un especial seguimiento y se procederá a controlar los comportamientos que generen molestias por voces, actividades de personas y actividades domésticas (como radios, televisores, electrodomésticos, instrumentos musicales, bricolaje, movimientos de muebles, etcétera).
Estas medidas implican un notable avance con respecto a la normativa autonómica, ya que las mismas se vinculan al régimen sancionador. Se aplicará el Código Técnico de las Edificaciones puesto que los elementos contractivos y los aislantes permiten que los objetivos de calidad acústica en el interior de las viviendas se puedan cumplir con independencia del ruido exterior.
Asimismo, actuaciones sobre sistemas de alarmas, prohibición de la megafonía salvo autorización municipal, normativa para vehículos a motor y ciclomotores, vehículos de urgencia y recogida de residuos y tareas de limpieza, con la obligación de recoger el contenedor de vidrio exclusivamente entre las 8 y las 22 horas.
La nueva normativa presta especial atención a que se cumplan los objetivos de calidad acústica incidiendo en que el 97 % de todos los valores diarios no deben superar en tres decibelios los valores fijados.
En relación con las actividades en el interior de los locales, la nueva normativa procede a realizar una clasificación de las actividades según los niveles de emisión diferenciándolo en diferentes grupos de actividades y se les asigna unos requisitos acústicos concretos.
La nueva ordenanza establece un régimen sancionador con multas más altas pero adecuándose a las establecidas en la ley autonómica de contaminación atmosférica.
Las faltas leves (de uno a seis decibelios) se castigarán hasta con 600 euros (actualmente 150) y serán aplicables al incumplimiento relativo a comportamientos vecinales;
Las graves (de seis a quince decibelios y reincidencia), de 601 a 12.000 euros (actualmente 300), y las muy graves (más de quince decibelios y reincidencia), de 12.001 hasta 300.000 euros (actualmente 600).
La nueva ordenanza contempla la clausura parcial o total de las instalaciones o establecimientos y la paralización inmediata de cualquier fuente sonora que supere los decibelios establecidos (aparatos de música, barreras metálicas, túneles de lavado, etcétera) cuando se constate una falta grave o muy grave en un espacio interior afectado.
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